Las fraccionadoras de gas en garrafa serán asistidas económicamente

La Secretaría de Energía lo anunció en el Boletín Oficial. Las empresas de gas deberán inscribirse en un registro.
viernes, 15 de octubre de 2021 · 12:47

A través de una resolución publicada hoy en el Boletín Oficial, la Secretaría de Energía de la Nación dio a conocer que de forma económica y transitoria a todas aquellas empresas fraccionadoras de gas, que se hayan registrado en un registro especial.

La cartera lo oficializó en la resolución 980/2021, en la que determinó que las compañías que compartimentan el insumo podrán solicitar un reconocimiento de $ 4.722,40 por cada tonelada facturada de gas, “cuando el destino sea otro del de venta a distribuidores en envases de hasta 45 kilogramos de capacidad”, precisó la medida.

La asistencia económica transitoria aprobada consistirá en el reconocimiento del 20% de la facturación que en concepto de venta de gas licuado el petróleo (GNL)  –neto de impuestos– facturen mensualmente las empresas productoras, fraccionadoras y distribuidoras durante el período agosto a diciembre de 2021 por el producto destinado al Programa HOGAR”, explicaron.

La resolución lleva la firma de Darío Martínez.

Cabe recordar que a fines de agosto, la secretaría que conduce Darío Martínez decidió asistir económicamente a las productoras, fraccionadoras y distribuidoras de gas que estuviesen anotadas en el Registro Nacional de la Industria del Gas Licuado de Petróleo.

 

El pedido de las compañías

En ese marco, relata la resolución, “a solicitud de las empresas fraccionadoras de gas licuado de petróleo, se procedió a analizar la situación particular de las mismas cuando las garrafas son comercializadas a canales de venta diferentes del correspondiente a distribuidores en envases de hasta 45 kilogramos independientes, es decir de diferente razón social a la del fraccionador”.

Por ese motivo, la Secretaría de Energía concluyó que “resulta necesaria una medida adicional que complemente la asistencia económica transitoria aprobada mediante la mencionada resolución”. Además, resaltaron la importancia de modificar “el plazo establecido para la presentación de la documentación indicada en dicha resolución a los efectos de su implementación”.