El nuevo marco regulatorio de biocombustibles se consolida a partir de un decreto

Darío Martínez resaltó el trabajo de los productores de biocombustibles y legisladores nacionales.
martes, 19 de octubre de 2021 · 11:08

A través de un decreto publicado hoy en el Boletín Oficial, el Gobierno avanzó hacia la reglamentación del nuevo marco regulatorio de biocombustibles, que se convirtió en la Ley 27.640 a mediados de julio y que estableció nuevos cortes obligatorios de naftas y gasoil.

De acuerdo a la normativa, la elaboración, el almacenaje, la comercialización y la mezcla de los biocarburantes serán regulados de acuerdo a la legislación en cuestión. El secretario de Energía, Darío Martínez, brindó precisiones sobre el decreto de biocombustibles.

"En esta primera etapa avanzamos con definiciones para el bioetanol, mientras seguimos trabajando sobre aspectos específicos de biodiesel”, explicó el titular de Energía, quien relató que en la tarea de biocombustibles participan también la senadora nacional María de los Ángeles Sacnun, el diputado nacional de Santa Fe,Roberto Mirabella, y los productores del sector.

Martínez: “La propuesta de Caserio otorga certidumbre y previsibilidad al sector”.

Según plantea el decreto, se instruyó a la Secretaría de Energía “para que, en el plazo máximo de 180 días, contados a partir de la publicación del presente decreto, lleve a cabo una revisión del marco regulatorio del sector en materia de seguridad, calidad y registración”. La cartera energética también deberá propiciar “el dictado de la normativa pertinente, que resguarde debidamente la salud y seguridad de las personas y sus bienes, en el marco del nuevo régimen de biocombustibles”.

 

Definiciones del secretario

Por su parte, Martínez resaltó que “venimos trabajando en permanente contacto con las cámaras de productores, legisladores nacionales de las provincias, donde se desarrolla la actividad, y los demás actores del sector”. De acuerdo al secretario, han recibido propuestas y se han intercambiado ideas “para lograr la mejor reglamentación posible y junto con todos ellos, hemos decidido hacerlo continuando con esta metodología, aunque lleve algún tiempo más".

En sintonía, el funcionario destacó “la participación activa e invalorable del senador por Córdoba, Carlos Caserio, y la iniciativa de las cámaras de productores de bioetanol a base de caña de azúcar y de maíz”. En tanto, “hemos acordado una metodología de actualización que implica la unificación del precio del bioetanol, descartando de esta forma reducciones del porcentaje de corte", apuntó.

Martínez: “Continuamos analizando la mejor reglamentación para mejorar la actividad productiva".

“Hasta tanto la autoridad de aplicación dicte la normativa específica que disponga las condiciones de seguridad, que deberán respetar las plantas de producción, mezcla y almacenaje de biocombustibles, se aplicarán transitoriamente las disposiciones contenidas en la legislación previa, la Ley 13.660”, señaló el decreto.

Con relación a las empresas, la normativa fijó “un plazo de 12 meses para que las que produzcan o destilen hidrocarburos y sean titulares o tengan participación en empresas y plantas productoras de biocombustibles, se ajusten a lo dispuesto en el artículo 5 de la Ley 27.640”.

Y agrega: “Solo podrán elaborar, almacenar o comercializar biocombustibles, o llevar a cabo la mezcla de estos con combustibles fósiles en cualquier proporción las empresas que se encuentren debidamente habilitadas a tales efectos por la autoridad de aplicación, caso contrario, la actividad será considerada clandestina”.