¡Por la cuarentena! Las empresas podrán pagar el 25% de las facturas eléctricas

La disposición aplica para el período del aislamiento obligatorio.
viernes, 17 de abril de 2020 · 09:28

Según informó el Gobierno Nacional, las compañías de energía podrán abonar entre el 25% y el 50% de la factura a la Compañía Administradora del Mercado Mayorista Eléctrico (Cammesa) con la posibilidad de hacerlo en hasta 6 cuotas. Los grandes usuarios tendrán que pagar un mínimo del 50% para financiar el resto. 

A través de una nota enviada por la Secretaría de Energía a Cammesa, establecieron la implementación de un Mecanismo extraordinario de Pagos, excepcional y transitorio. 

La disposición regirá durante el periodo de duración del aislamiento obligatorio.

Por lo tanto, las empresas que hayan tenido un consumo de energía mayor o igual al 20% luego de la cuarentena decretada, comparados con los 15 días previos a su publicación, “deberán pagar como mínimo entre el 25% y el 50% de la factura de Cammesa, a la fecha original de vencimiento”, señaló Télam. 

El resto puede pagarse en partes hasta 6 meses, sumados los intereses. La medida detalla que quienes abonen las facturas de esta manera “no sufrirán recargos por mora, ni punitorios”. 

Respecto a los Grandes Usuarios del Mercado Eléctrico Mayorista, aquellos que hayan visto reflejada una caída de la demanda de energía eléctrica inferior al 20%, luego del dictado del aislamiento obligatorio, a comparación de los 15 días previos, tendrán que pagar el 50% de la factura de Cammesa al día del vencimiento. Asimismo, indicaron que se aceptarán pagos parciales o adelantos hasta el último día del mes hasta cancelar el total. 

Por otra parte, en caso de que las compañías no registren deudas con el MEM y realicen pagos adelantados, “podrán diferir un mismo importe por idéntico plazo al adelantado y sobre ese monto no se calcularán intereses”, con un plazo máximo establecido de 15 días de la fecha de vencimiento. También, la compañía administradora contemplará excepciones para quienes no puedan integrarse en la forma de pago, pero deberán tener una justificación fundada y documentada, para solicitar un plan de pagos extraordinario.