El Gobierno relanzó el Plan Nacional de Minería Social durante la emergencia sanitaria

Buscan contener a las comunidades vinculadas con la actividad.
lunes, 29 de junio de 2020 · 10:15

A través de la Resolución 36/2020, publicada hoy en el Boletín Oficial, el Ministerio de Desarrollo Productivo aprobó la “Adaptación del Plan Nacional de Minería Social”. 

Según indica la medida, el programa regirá durante la emergencia pública sanitaria y tiene como objetivo brindar “una contención a las comunidades vulnerables vinculadas estrechamente con la actividad”. 

El documento, firmado por el titular de la cartera, Alberto Hensel, expresa que “las extraordinarias y apremiantes circunstancias producidas por el coronavirus, exigen la adopción de medidas de apoyo para la minería social con suma celeridad y urgencia”. 

Frente a esto, la Secretaria de Minería propuso reimpulsar el proyecto para contribuir a sobrellevar las “vicisitudes sociales, económicas y financieras” que afecten al sector. 

El Plan Minero Nacional fue publicado en el año 2009 y está destinado a fomentar el crecimiento de la industria y consolidarla como un modelo productivo nacional, sobre la base de seis ejes. 

El organismo señaló que en el marco del programa se instrumentaron diferentes acciones de apoyo a productores mineros, entre los que se integran el Plan de Apoyo a los Ladrilleros, el Plan de Huellas Mineras, el de Incentivo a la Minería Artesanal, Asistencia a PyMEs Mineros y Capacitación Laboral, que aún continúan en vigencia. 

La actividad minera juega un rol clave en las comunidades en las que opera, siendo especialmente importante para la subsistencia de familias y trabajadores en pequeñas localidades y poblaciones que carecen de otras alternativas de trabajo sustentable”, indica la disposición publicada hoy. 

Finalmente, la resolución solicita a cada una de las provincias que han recibido fondos en el marco de la Resolución N° 134/08, del Reglamento particular para la transferencia de fondos de la Secretaria de Minería, a rendir cuentas en el plazo de 30 días hábiles acreditando el destino del capital e informando los proyectos que no se hayan ejecutado en los tiempos estipulados.Además, agregaron que: “aquellas provincias que posean fondos que no se hayan ejecutado en los tiempos estipulados para cada uno de los proyectos oportunamente presentados, deberán efectuar la devolución de los mismos o manifestar su intención de reasignarlos a un nuevo proyecto”.