ANMAT prohibió las galletitas Frutigran, la harina P.A.N. y un alfajor

¿Qué pasó?
martes, 11 de febrero de 2020 · 13:51

Hoy, la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió el uso, comercialización y distribución de un tipo de galletitas de la marca Frutigran, a la popular harina de maíz P.A.N. y a un alfajor.

La Administración, a través de la Resolución 627/2020, publicada hoy en el Boletín Oficial, resolvió retirar del mercado a las “Galletitas semilladas con chía y lino – sin colesterol - Marca: Frutigran, avena, chía y lino, Naturalmente Granix, elaborado por: Asoc. Arg. de los Adventistas del 7° Día, Av. San Martín 4155, Baradero, Provincia de Buenos Aires, RNE 02-030790/ RNPA: 02-563532”, por no cumplir con la normativa alimentaria vigente en relación a la declaración de alérgenos.

Todo se produjo por una denuncia de un consumidor, el cual solicitó información a la empresa elaboradora respecto si el producto antes detallado podría contener leche, ya que en el rótulo solo declara “derivados de trigo y avena”. De acuerdo a la empresa, el producto no está elaborado con leche pero que podría tener ese ingrediente en su composición ya que en la planta se elaboran otros productos con esa materia prima.

La compañía, tras la prohibición de ANMAT, sacó un comunicado exponiendo: “Es importante destacar que, si bien el producto no está elaborado con leche ni contiene insumos derivados de la misma, la aclaración en el envoltorio debe realizarse para prevenir un eventual contacto cruzado con la proteína”.

Por otro lado, la administración del Estado prohibió también la comercialización en todo el territorio nacional del producto: “Harina de Maíz Blanco precocida, marca: P.A.N., RNPA N° 052-01-000232, RNE N° 00306053 que consigna la leyenda, Libre de gluten”, dado que no cumple la normativa alimentaria vigente.

Entre los considerandos, el organismo estatal señaló que la prohibición sobre el producto se da “por estar falsamente rotulado dado que el rotulo no se ajusta a lo oportunamente autorizado por la autoridad sanitaria, resultando ser en consecuencia ilegal”.

ANMAT a su vez prohibió el “Alfajor de chocolate negro relleno de crema de avellanas sin TACC, Marca: “Piache”. RNPA: EXP N° 2019-10438548, RNE 02-034.451 con el símbolo oficial de Alimento Libre de Gluten”, porque carece de la debida autorización por parte de la autoridad sanitaria competente. “Además, se encuentra falsamente rotulado con un número de Registro Nacional de Producto Alimenticio (RNPA) perteneciente a otro alimento”, añadieron.

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