Importantes modificaciones de último momento sobre un beneficio destinado a jubilaciones y AUH

Se aplica a partir del 1 de marzo.
sábado, 29 de febrero de 2020 · 17:24

Pocas horas antes de que comience a regir la devolución del 15% para todas las compras de alimentos que los jubilados realicen con tarjeta de débito, la AFIP incorporó modificaciones que atentan contra el alcance de la medida.

Esta devolución que beneficia a jubilados que cobran la mínima y a beneficiarios de planes sociales, comienza a regir desde mañana (domingo 1 de marzo), y tendrá un tope de reintegro de 700 pesos mensuales, lo que significa un aumento indirecto que alcanza a 7,1 millones de personas: en el caso de los jubilados se trata de un incremento del 4,5%, mientras que para los beneficiarios de la AUH es del 22,5%.

Sin embargo, la Administración Federal de Ingresos Públicos realizó algunas modificaciones en la resolución 4676, que reglamenta este nuevo Régimen de Reintegro a Sectores Vulnerables.

Como primer punto, fueron excluidos los jubilados y beneficiarios de la asistencia social que perciban otros ingresos, y que los hayan declarado en el Impuesto a las Ganancias y/o en el Monotributo.

En cambio, en el segundo punto, incluye en el beneficio a los monotributistas que se encuentren adheridos al Régimen de Inclusión Social y Promoción del Trabajo Independiente, y a los inscriptos en el Registro Nacional de Efectores de Desarrollo Local y Economía Social.

Asimismo, la AFIP dispuso la inclusión de todos los adheridos al Régimen Simplificado Especial para Pequeños Productores Agrarios de Tabaco, Caña de Azúcar, Yerba Mate y Té.

En cuanto a los bancos, la AFIP determinó que serán los encargados de acreditar el reintegro en las cuentas de los beneficiarios, e impuso a su vez una franja horaria a partir de la cual se harán efectivos los retornos.

En ese sentido, la mencionada Administración emitió el siguiente reglamento: si la compras se efectúan entre las 0 y las 17 horas del mismo día, los reintegros se harán efectivos dentro de las próximas 24 horas hábiles. En cambio, si la operación se efectúa pasadas las 17, el banco realizará el reembolso en las 48 horas hábiles posteriores a la operación comercial.

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