¡Cuidado! ANMAT vuelve a prohibir un aceite de oliva y una leche de coco
Fue publicado en el Boletín Oficial.Hoy, la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió la comercialización de dos aceites de oliva y de una leche de coco por problemas en su rotulación y verificación del registro.
De acuerdo con lo publicado por ANMAT, se prohibió la comercialización del “Aceite de Oliva Estancia Los Nobles, Línea Gourmet, Maipú- Mendoza, RNE N° 13005549, RNPA N° 025/13039649, Elaborado y envasado por Agrovit Rural S.A.”, dado que el mismo no cumpliría la normativa alimentaria vigente.
El principal motivo de la prohibición de la Administración es que el RNPA se encontraba dado de baja desde 2016 y se informó que la razón social Agrovit Rural S.A. no poseía establecimiento autorizado. Así, ANMAT consideró que el aceite es “un producto falsamente rotulado y en consecuencia ilegal”.
Por otro lado, también se prohibió el “Aceite de oliva extra virgen Montecristo, RNPA Nº230207783, RNE Nº 23002857”, porque, según el organismo del Estado, no cumpliría con la normativa vigente. En este caso, tanto el RNE como el RNPA eran “inexistentes”.
“En atención a las circunstancias detalladas y a fin de proteger la salud de los ciudadanos ante el consumo de productos ilegales, toda vez que se trate de productos alimenticios que carecen de registro, motivo por el cual no pueden garantizarse su trazabilidad, sus condiciones de elaboración, su calidad con adecuados niveles de control bajo las condiciones establecidas por la normativa vigente y su inocuidad, el Departamento de Rectoría en Normativa Alimentaria del INAL recomienda prohibir la comercialización en todo el territorio nacional del citado alimento”, mencionó ANMAT.
Finalmente, ANMAT prohibió hoy el producto “Leite de coco “Menina” por 200 ml – Nao contem gluten - produzido por Ducoco Alimentos S/A, Industria Brasileira”, por no tener el rótulo en español, ni tener registro y datos del importador.
Para ANMAT, la leche de coco no puede ser identificada “en forma fehaciente y clara” como producida, elaborada y/o fraccionada en un establecimiento determinado. En su disposición, la Administración subrayó que el producto está “falsamente rotulado”.