¿Quiénes son los usuarios que tienen permiso para no abonar los servicios?

Medidas por la pandemia de coronavirus.
sábado, 18 de abril de 2020 · 15:18

El Gobierno Nacional determinó hoy quiénes son los que pueden no abonar ciertos servicios sin que se vea cortado el suministro del mismo. Para el Ejecutivo, se tratan de servicios “centrales para el desarrollo de la vida diaria”.

Ya el 24 de marzo pasado se había decretado la suspensión de los cortes de algunos servicios considerados “centrales”, en este momento de cuarentena obligatoria por el coronavirus.

Así, servicios como luz, agua, gas, teléfono, celulares, internet y televisión por cable no podrán cortar sus servicios por falta de pago.

En la jornada de hoy, se reglamentó la medida, publicada en el Boletín Oficial del Ministerio de Desarrollo Productivo, y se estableció un comité de control y regulación del cumplimiento del DNU 311.

Asimismo, se recordó que la prohibición de cortes de servicios por falta de pago es de hasta tres facturas consecutivas o alternas, con vencimientos desde el 1° de marzo de 2020, por un lapso de 3 meses.

Sin embargo, no es para todos los usuarios, sino para:

  • Titulares de AUH y la Asignación por Embarazo
  • Pensiones no retributivas
  • Inscriptos en el monotributo social
  • Monotributistas que perciban por mes hasta dos salarios mínimos (hasta $33.750 mensuales)
  • Jubilados que cobren hasta dos salarios mínimos (hasta $33.750 mensuales)
  • Trabajadores en relación de dependencia que cobren hasta dos salarios mínimos (hasta $33.750 mensuales)
  • Beneficiarios del seguro de desempleo
  • Electrodependientes
  • Empleados en casas particulares
  • Exentos del ABL

Además, la suspensión en el corte de servicios beneficia también a las micro, pequeñas y medianas empresas, cooperativas y empresas recuperadas inscriptas en el Instituto Nacional De Asociativismo y Economía Social (INAES), de salud públicas o privadas y de bien público que participen de la cadena de alimentos.