Mega ayuda a las Pymes: ¿Cuánto será el monto del "salario complementario"?

La ayuda del Gobierno podría extenderse hasta junio.
lunes, 20 de abril de 2020 · 09:05

En el marco del paquete de medidas que lanzó el Gobierno nacional para paliar la crisis del coronavirus en Argentina se encuentra la implementación de un "salario complementario" para los trabajadores del sector privado.

Esta decisión va de la mano del Programa de Asistencia al Trabajo y la Producción, iniciativa del oficialismo que pretende desajustar el bolsillo de los argentinos durante la cuarentena obligatoria, que prácticamente paralizó al país entero afectando la actividad económica y el consumo.

El Ejecutivo anunció las novedades para el bolsillo de los trabajadores, este domingo, a través del decreto 376/2020 que salió publicado en el Boletín Oficial, siendo este una ampliación del 332/2020.

Ahora bien, cabe explicar que, el "salario complementario" se trata de la "asignación abonada por el Estado nacional para los trabajadores en relación de dependencia del sector privado", precisa la resolución.

Además, la normativa aclaró que el monto de este complemento salarial autorizado por el Gobierno será "equivalente al 50% del salario neto del trabajador correspondiente al mes de febrero de 2020, no pudiendo ser inferior a una suma equivalente a un salario mínimo, vital y móvil ni superar dos salarios mínimos, vitales y móviles, o al total del salario neto correspondiente a ese mes".

La publicación oficializada sobre el “salario complementario” menciona también que, se dispuso el "crédito a tasa cero para personas adheridas al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes y para trabajadores autónomos en las condiciones que establezcan la Jefatura de Gabinete y el Banco Central, en el marco de sus respectivas competencias, con subsidio del 100% del costo financiero total".

De modo que, es una financiación a "ser acreditada en la tarjeta de crédito del beneficiario en los términos que, para la implementación de la medida, establezca el Banco Central", y el monto "no podrá exceder una cuarta parte del límite superior de ingresos brutos establecidos para cada categoría del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes, con un límite máximo de $150.000, desembolsado en tres cuotas mensuales iguales y consecutivas".