Escándalo por los sobreprecios: El Gobierno dispuso un mecanismo de control

Tanto en la Nación como en la Ciudad se vieron irregularidades.
jueves, 23 de abril de 2020 · 09:59

Luego de que se conocieran dos casos de irregularidades en la compra de insumos y alimentos, por parte del Ministerio de Desarrollo Social y de la Ciudad de Buenos Aires, el Gobierno Nacional determinó una nueva medida de control para evitar sobreprecios.

Primero le tocó al ministro de Desarrollo Social, Daniel Arroyo, cuando reconoció que gente de su cartera había autorizado la compra de alimentos a más del doble de lo que salían al consumidor. Luego fue el turno de CABA, donde se adquirieron con un gran sobreprecio miles de barbijos a tres mil pesos cada uno.

Para evitar la compra con aumentos excesivos, el Gobierno Nacional, a través de la Disposición 55/2020, publicada hoy en el Boletín Oficial, estableció que “cuando la compulsa se sustancie a través del Sistema Electrónico de Contrataciones denominado COMPR.AR deberá tramitar como contratación directa por emergencia. Los mismos se numerarán en forma automática por el sistema electrónico referenciado, debiendo consignarse como objeto de la misma: COMPULSA - COVID-19 Nº ... OBJETO”.

Por otro lado, en los casos donde no se use la contratación electrónica, “los procedimientos se numerarán en forma correlativa y dentro de cada Unidad Operativa de Contrataciones, comenzando por el número uno y deberán denominarse Contratación por emergencia COVID-19 Nº .../AÑO”.

Asimismo, para estimular la competencia y que no existan precios sobrecargados, se advirtió que se deberá “invitar como mínimo a tres proveedores”, entre aquellos que se encuentren en estado “inscripto” en el Sistema de Información de Proveedores (SIPRO) asociado al Sistema Electrónico de Contrataciones de la Administración Nacional.

En ese sentido, “podrán presentar ofertas quienes no hubiesen sido invitados a participar; no obstante, lo cual, en todos los casos los oferentes deberán encontrarse incorporados en el mentado registro, en esta inscripto y con los datos actualizados en forma previa a la emisión del acto de conclusión del procedimiento, como condición para poder ser adjudicados”.

“A fin de garantizar su validez, la oferta electrónicamente cargada deberá ser confirmada por el oferente, quien podrá realizarlo únicamente a través de un usuario habilitado para ello”, marcó la Disposición.

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