Las prepagas contra las cuerdas: deberán cubrir gratis a beneficiarios

No se podrá cobrar el servicio a recién nacidos.
jueves, 9 de abril de 2020 · 13:09

El Gobierno nacional publicó hoy en el Boletín Oficial una disposición que obliga a las prepagas y a las obras sociales a proporcionar cobertura médica sin cargo a los hijos de afiliados nacidos a partir del 20 de febrero.

De acuerdo con la resolución, la medida de carácter excepcional regirá “hasta 45  días corridos posteriores a la fecha de finalización del período de aislamiento social, preventivo y obligatorio, establecido por el Decreto Nº 297/20 y sus eventuales prórrogas”.

El documento enuncia en este sentido que bastará para los afiliados “la sola acreditación del nacimiento y parentesco, mediante presentación de la Partida de Nacimiento” o “ cualquier otro instrumento que, en copia u original, permita tener por acreditada, razonablemente, la ocurrencia del nacimiento”.

“Se eximirá de presentar instrumento alguno que acredite el nacimiento en los casos en que el Agente del Seguro de Salud o Entidad de Medicina Prepaga hubieran cubierto el parto de la madre afiliada”, apunta la resolución en este sentido.

Desde la Superintendencia de Servicios de Salud detallaron en el texto publicado en el Boletín Oficial que la medida se enmarca “en este contexto excepcional de crisis sanitaria y social mundial sin precedentes”.

En esa misma línea, agregaron que ante la pandemia del coronavirus, la nueva normativa se ha dictado “a fin de extremar las medidas para garantizar la atención de la salud de todos los beneficiarios y usuarios”.

La resolución determina también que, una vez finalizado el período de cuarentena obligatoria, las obras sociales y prepagas “podrán disponer la suspensión provisoria de la afiliación de la niña o el niño hasta tanto el afiliado titular dé cumplimiento con la entrega de la documentación que acredite su identidad”.

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