Coronavirus: se modificó la Ley de Educación para regular las clases virtuales

Solo será válido en situaciones de emergencia.
martes, 30 de junio de 2020 · 19:59

Debido a la situación extraordinaria a la que tuvieron que adaptarse las sociedades del mundo, las escuelas y universidades debieron optar por diversos sistemas de educación a distancia. Como esta modalidad no estaba plenamente regulada en la Argentina, debió pasar por el Congreso.

De esta manera, el oficialismo logró promulgar una modificación en la tradicional Ley de Educación, que le otorga un marco normativo de mayor vigor a las clases remotas. Esta modalidad ha concitado ciertas polémicas en primera instancia, sobre todo mediante manifestaciones en las redes durante las primeras semanas de cuarentena.

La disposición había pasado por la Cámara de diputados a principios de junio, y en la jornada de ayer recibió la actualización que necesitaba, teniendo en cuenta que no se sabe a ciencia cierta hasta cuándo serán necesarias las clases virtuales. Desde el Boletín Oficial, se pudo acceder a mayores precisiones.

"Los estudios a distancia como alternativa para jóvenes y adultos sólo pueden impartirse a partir de los dieciocho (18) años de edad. Para la modalidad rural y conforme a las decisiones jurisdiccionales, podrán ser implementados a partir del Ciclo Orientado del Nivel Secundario".

Además, establece que tanto el Ministerio como el Consejo Federal de Educación deberán acordar en qué instancias la modalidad presencial será considerada "inviable". La normativa será diferente para los colegios secundarios y primarios, debido a que hay mayores restricciones en cuanto a la validez de este tipo de enseñanza en dicha franja etaria.

"Sólo en esos casos (de pandemia, o emergencias de algún tipo) será permitido transitoriamente el desarrollo de trayectorias educativas a distancia para los niveles y las modalidades de la educación obligatoria para menores de dieciocho (18) años de edad".

Siguiendo la línea de regulaciones sobre el uso de los dispositivos tecnológicos en prácticas cotidianas, también se promulgará en los próximos días la Ley de Teletrabajo. Varios puntos se destacan en cuanto a las novedades que propone esta norma, como la posibilidad de establecer convenios colectivos.

En cuanto a la desconexión digital, promueve la idea de que "el empleador no podrá exigir la realización de tareas, ni remitirle comunicaciones, por ningún medio, fuera de la jornada laboral". Este artículo ha sido pensado sobre todo teniendo en cuenta a las personas que tienen niños/as a su cargo.

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