Ya rigen las leyes de donación de plasma y recetas digitales

Quienes donen plasma tendrán dos días de licencia.
martes, 11 de agosto de 2020 · 10:18

Según el Boletín Oficial de hoy, el Gobierno nacional promulgó los decretos 663/2020 y 664/2020 referidos a la donación de plasma y a la autorización de las recetas digitales para la prescripción de medicamentos, respectivamente.

Una de las leyes que comenzará a regir a partir de hoy es la 27.554, que busca promover la donación de sangre de los pacientes recuperados de coronavirus, para realizar tratamientos con plasma a quienes lo requieran.

Por otro lado, la nueva ley propone la creación de una campaña de donación voluntaria para los pacientes recuperados de coronavirus. La legislación –que fue aprobada por el Congreso el 23 de julio- declara la donación como una causa de “interés nacional”.

En ese sentido, la legislación dispone de una licencia especial de dos días por cada donación para todos los pacientes recuperados de coronavirus que estén empleados en relación de dependencia. Además, insta a las autoridades a garantizar el traslado de donantes hacia los centros médicos.

Además, la nueva normativa implica la creación de un “Registro Nacional de Pacientes Recuperados de Covid-19 donantes de plasma”, que a su vez serán reconocidos como “Ciudadanos/as solidarios/as destacados/as de la República Argentina”.

Por otro lado, también entró en vigencia la Ley 27.553, que establece la validez de la prescripción de recetas médicas digitales en todo el país.

La ley, que también fue sancionada en el Congreso junto la de donación de plasma, permite regular la prescripción de medicamentos y estudios clínicos mediante recetas electrónicas.

Además, la norma establece que los medicamentos que estén prescriptos en este formato deben ser dispensados en todas las farmacias del país, servicios de salud o cualquier establecimiento autorizado para la venta de medicinas.

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