Ley de Góndolas: estos son los comercios y productos alcanzados

La ley creada para favorecer la competencia empieza a tener sus primeras especificidades.
jueves, 28 de enero de 2021 · 12:36

El Gobierno avanzó hoy con la Ley de Góndolas, al publicar en el Boletín Oficial las primeras especificaciones sobre los alcances de la norma.

La Ley de Fomento de la Competencia en la Cadena de Valor Alimenticia, promulgada el año pasado, tiene como objetivo generar las condiciones para que pequeñas y medianas empresas puedan competir en el mercado.

A partir de la resolución 110/21, la Secretaría de Comercio Interior determinó qué organismo regulará la normativa, cuál será el espacio mínimo de los comercios alcanzados y qué productos formarán parte del programa.

En primer lugar, se establece que los comercios alcanzados por esta ley deberán tener una superficie mínima de venta al público de 800 metros cuadrados, medidos desde la línea de cajas, y sin contar los depósitos y espacios exclusivos para su personal.

Por esta razón es que los comercios barriales y los supermercados de cercanía quedarían fuera de la normativa.

La encargada de controlar el cumplimento de la ley será la Subsecretaría de Acciones para la Defensa de las y los Consumidores, dependiente del Ministerio de Desarrollo Productivo.

En cuanto a los productos, formarán parte del programa todos aquellos que sean “alimenticios (excepto carnes, pescados y mariscos), bebidas y productos de higiene, cuidado personal y de limpieza del hogar”.

Cabe señalar que los productos del programa Precios Cuidados quedan excluidos de esta ley y que los comercios tendrán “90 días contados a partir del 15 de diciembre para adaptar sus estructuras a las condiciones que se determinan en esta resolución”.

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