Billetera digital de la AFIP: cuáles son las nuevas opciones y cómo funcionan

Afirmaron que será más facil cumplir con los aportes y tributos.
sábado, 9 de enero de 2021 · 14:35

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) dispuso la actualización de la billetera electrónica, lo que permitirá a los contribuyentes abonar de manera mas fácil sus pagos en las diferentes obligaciones tributarias, entre otros procesos fiscales.

“Esta nueva actualización de la billetera electrónica tiene la finalidad de facilitar el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, y perfeccionará el desarrollo de los procesos informáticos y de los servicios otorgados”, reseñó el organismo.

Entre las facilidades que esta nueva herramienta permitirá están la posibilidad de “realizar anticipos, pagar retenciones y/o percepciones, abonar intereses y multas, generar aportes personales y gestionar el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS)”.

Las obligaciones que no podrán gestionarse desde la billetera digital serán aquellos aportes y obligaciones con algún régimen especial, las cuotas relativas a los planes de facilidades de pago y los pagos de aquellos regímenes que requieran volantes de pago específicos.

Fuente: (Economía para Todos)

El saldo de la billereta virtual se podrá cargar a través de las herramientas homebanking, desde el sitio oficial de la AFIP, o por medio de una Transferencia Bancaria Internacional (TBI).

Finalmente la AFIP especificó que “cuando corresponda, cancelar las obligaciones de autónomos y monotributistas, el crédito registrado sólo podrá ser afectado a obligaciones propias”.

Con el fin de “transparentar la cadena de comercialización de créditos y débitos fiscales”, así como para “evitar el manejo de facturación por parte del contribuyente”, la AFIP decidió realizar cambios significativos en el Régimen Simplificado (RS).

Según el organismo, esta reforma permitirá, además a los monotributistas beneficiarse con “el reconocimiento de los créditos fiscales”, entre ellos la reducción de un 50%, 30% y 10% en el IVA.