ELECCIONES 2021

Elecciones generales: con qué documento puedo votar en los comicios del domingo

No todos los documentos están habilitados para participar de las elecciones.
sábado, 13 de noviembre de 2021 · 18:00

Mañana desde las 8 de la mañana y hasta las 18 horas se llevarán a cabo las elecciones de medio término y se renovarán 127 de las 257 bancas de la Cámara de Diputados y un tercio de los integrantes del Senado. Por ese motivo, la Dirección Nacional Electoral difundió la lista de documentos habilitados para votar en los comicios.

De acuerdo con la entidad, en los comicios, “se vota con el documento cívico que figura en el padrón electoral, o con una versión posterior del mismo”. De ese modo, aclararon que “si concurrís a votar con un DNI anterior al que consta en el padrón, no podrás votar en estas elecciones”.

Asimismo, especificaron que “el documento en el celular no es válido para votar” y que los habilitados para emitir el voto en las elecciones son: el DNI libreta verde y libreta celeste, el DNI tarjeta (incluso el que dice “no válido para votar”), la libreta de enrolamiento y la libreta cívica.

Se puede consultar el padrón para saber en qué lugar y en qué mesa votar.

 

Más información

Otro punto importante a tener en cuenta para estos comicios es que no se puede votar con una constancia de carnet en trámite, en tanto “no se considera probatorio de la identidad ningún comprobante” de documento en trámite.

El padrón contiene las novedades registrales (cambios de domicilio) realizadas antes del 19 de mayo.

En el marco de protocolos por la pandemia, desde la Cámara Nacional Electoral explicaron que las autoridades de mesa están habilitadas a solicitarle a los electores que se retiren el barbijo, con el objetivo de verificar su identidad. También, el presidente de la mesa puede, ya sea por iniciativa propia o por solicitud de alguno de los fiscales partidarios presentes, interrogar al votante a fin de chequear que se trate, efectivamente, de la persona que figura en el documento.

En el padrón, se incluyó a los nuevos electores (mayores de 16 años) que hayan realizado el trámite de actualización de su DNI.

En esa línea, están autorizados a impugnar la identidad de un elector si es que consideran, luego de realizarle las consultas pertinentes, que la está falseando. Esto también aplica para aquellas personas identificadas en el padrón con color gris, como ausentes por desaparición forzada.