ELECCIONES 2021

ELECCIONES 2021: quiénes pueden votar en estas elecciones generales

Aquellos que no se presentaron en las PASO, pueden estar en estas elecciones sin ningún problema.
domingo, 14 de noviembre de 2021 · 03:30

Las personas que pueden votar en las elecciones que se celebran hoy son aquellos argentinos nativos o por propia elección, que tengan desde 16 años por lo menos. Según el Código Electoral Nacional, Ley Nº 19.945, artículos 1 y 2.

Ahora bien, los comicios son obligatorios para todas las personas entre los 18 y 69 años de edad. Esto no significa que en las elecciones no puedan presentarse los menores entre 16 y 17 años y los mayores de 70, quienes pueden votar de manera opcional.

La multa para quienes no se presenten será de 50 pesos.

La obligación a realizar acto de presencia en las elecciones 2021 está estipulado en el Código Electoral Nacional, Ley Nº 19.945, artículo 1. Ley Nº 26.571 de Democratización de la Representación Política, la Transparencia y la Equidad Electoral, artículo 23, Ley Nº 26774. El sufragio en Argentina tienen como característica que es universal, igual, secreto, libre y obligatorio.

Se dice que es 'universal' porque todos los ciudadanos argentinos mayores de 18 años tienen derecho al voto, inclusive aquellos que estén privados de la libertad. El término 'igual' hace alusión a que el voto posee el mismo valor, sea quien sea la persona que lo emite. Es 'secreto' por la capacidad de no revelar el partido elegido, nadie puede obligar otra persona a hacerlo. El voto es 'libre' porque no se puede obligar al otro a votar por un candidato que no elige. Por último, 'obligatorio' evoca que las personas entre 18 y 69 años deben presentarse en las elecciones.

Ninguna autoridad podrá enviar a prisión al ciudadano elector desde las 24 horas antes de la elección hasta la clausura del comicio.

 

Los exentos de votar

En las elecciones no necesitan presentarse a votar los menores de 18 años, al igual que los mayores de 70 años, como también los jueces y sus auxiliares que el día de la elección deban prestar servicios. Las personas que se encuentren a más de 500 kilómetros de su domicilio deben tener un justificativo y eso avalará su ausencia. Las personas enfermas o imposibilitadas por fuerza mayor tampoco necesitan estar en la votación, como los que residen en el exterior.

Ninguna autoridad obstaculizará la actividad de los partidos políticos reconocidos en lo que concierne a la instalación y funcionamiento de locales.