Política

Fiesta en Olivos: el fiscal rechazó el planteo de Alberto Fernández sobre inexistencia de delito

La causa en la que esta imputado Alberto Fernández seguirá con la palabra del juez Lino Mirabelli.
martes, 23 de noviembre de 2021 · 21:25

El fiscal federal de San Isidro, Fernando Domínguez, rechazó el planteo de atipicidad que hizo el presidente de la Nación, Alberto Fernández, en el marco de la causa por la Fiesta de Olivos. 

De esta manera, el delegado considera que hubo delito en los hechos investigados de la reunión protagonizada por el político, su pareja y primera dama, Fabiola Yáñez y otros diez invitados. En agosto, Alberto Fernández argumentó que lo sucedido aquella noche en la Quinta de Olivos no era delito y pidió que se declare extinta la acción penal y se decrete su sobreseimiento.

Las primeras fotos sobre la reunión circularon en agosto del presente año.    

Ahora es el turno del juez federal de San Isidro, Lino Mirabelli, que se hizo cargo de la causa por la que está imputado Alberto Fernández y todos los que estuvieron en la reunión, luego de una disputa de competencia con la jueza Sandra Arroyo Salgado.

“Como consecuencia de lo expuesto se haga lugar a la excepción de falta de acción por manifiesta atipicicidad y, como consecuencia de ello, se proceda al dictado del sobreseimiento del suscripto”, había pedido el presidente hace tres meses.

La polémica reunión se hizo el mes de julio del 2020 por el cumpleaños de Yáñez.

Entre los argumentos fundamentales del escrito presentado por el Jefe de Estado se destacaba que “no se ha seguido, ni ha resultado ninguna consecuencia lesiva y, por tanto, no existen ‘víctimas’” por la violación del DNU que estableció restricciones y la prohibición de las reuniones sociales en el AMBA (Área Metropolitana de Buenos Aires)”.
 

El dictamen que presentó la fiscalía de San Isidro

“La doctrina nacional resulta conteste a la hora de afirmar que la excepción por falta de acción fundada en la ausencia de delito sólo es viable cuando surge en forma manifiesta la falta de adecuación típica del hecho incriminado”, sostuvo el fiscal federal en el dictamen difundido por Infobae.

Por el DNU que se desobedeció con la organización de la reunión, el Código Penal señala que el presidente podría ser “reprimido con prisión de seis meses a dos años”.

“Los hechos investigados de modo alguno pueden tildarse de palmaria y/o de evidentemente atípicos”, lee el informe y destaca que las reuniones sociales estaban prohibidas en ese momento, más allá de las finalidades o intenciones de los participantes.

“No niegan la tipicidad de las conductas pesquisadas las alegaciones destinadas a afirmar que el evento del 14/07/20 no tuvo como objeto ‘ni propagar la pandemia ni mucho menos poner en peligro la salud pública en general’”, sostuvo Domínguez.


Por ahora, ante el dictamen, no se expidió el abogado de la primera dama Fabiola Yañez, Juan Pablo Fioribello.

“En tal sentido debe señalarse que la ausencia de tales intenciones o finalidades no desaparece “ex ante” el peligro de lesión para el bien jurídico tutelado”, continuó.

Por otro lado, una vez que se resuelva el planteo de atipicidad, la Justicia comenzará a analizar el capítulo de las reparaciones económicas. En agosto, Alberto Fernández propuso donar la mitad de su sueldo durante cuatro meses al Instituto Malbrán.

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