Sociedad
Cannabis: el Gobierno oficializó un proyecto de investigación para uso medicinal
La aprobación del programa de investigación del cultivo de cannabis fue publicado en el Boletín Oficial.El Gobierno nacional oficializó un proyecto que pretende investigar el cultivo de cannabis para uso médico y científico. Esta medida fue aprobada a partir de la Resolución 3236/2021 publicada en el Boletín Oficial.
El documento que habilita la investigación del cultivo de cannabis fue firmado por la ministra de Salud, Carla Vizzotti. Allí aclara que se deberán presentar “informes trimestrales con los avances" que se realicen en los estudios sobre la planta.
Cabe destacar que este proyecto tiene el fin de avanzar la investigación, de manera que se genere mayor “evidencia científica de calidad que permita a las y los pacientes humanos acceder a la planta de cannabis y sus derivados en forma segura”.
Por lo tanto, a partir de esta nueva normativa se da lugar al “proyecto de Investigación sobre el cultivo de cannabis con fines de investigación médica y científica”, que se da en el marco de la Ley 27.350.
A su vez, la resolución establece que se da “intervención al Inase (Instituto Nacional de Semillas), órgano regulador de las condiciones de producción, difusión, manejo y acondicionamiento de los órganos de propagación de la especie a fin de permitir la trazabilidad de los productos vegetales".
El detalle de la resolución
Asimismo, en el anexo se explica que “se llevará un registro de las actividades e inventario de las plantas y otros materiales vegetales”, dado que, cuando termine el primer año de la investigación, se deberá realizar un informe con los resultados sobre los “procesamientos estudiados”.
En cuanto a las semillas de la hierba, se deja claro que el Estado importará aquellas que son aprobadas por el Inase, la Anmat (Administración de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica) y el Senasa (Servicio nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria).
Por último, respecto a los modos de extracción, se destaca la “extracción alcohólica” como así también los “macerados directo de inflorescencias en el medio de administración, sin extracción etanólica previa".