Sociedad

Programa Acompañar: quiénes pueden cobrar el bono de 32 mil pesos

La ANSES es la encargada de abonar el monto contemplado en el Programa Acompañar.
viernes, 26 de noviembre de 2021 · 13:22

El Programa Acompañar es una medida impulsada por la ANSES (Administración Nacional de la Seguridad Social) y el Ministerio de Mujeres, Género y Diversidades destinada a mujeres e integrantes del colectivo LGBTIQ+ que atraviesen situaciones por violencia de género.

De esta manera, el proyecto tiene como fin poder fortalecer la independencia económica de aquellas personas que se encuentren en un entorno violento. Por ello, el Programa Acompañar prevé el pago de un bono de 32 mil pesos.

El bono contemplado en este programa se entregará de manera mensual.

Cabe destacar que el Programa Acompañar se otorga a partir del valor del Salario Mínimo, Vital y Móvil. A partir de este importe es que se determina el que se otorga a las beneficiarias.

Asimismo, esta asistencia no es la única que se ofrece en el marco de la política lanzada por el Gobierno. A su vez, se provee de acompañamiento psicosocial con el fin de poder bridar los recursos que sean necesarios a aquellas personas que sean víctimas de violencia de género.

 

El detalle de los requerimientos

Las personas que quieran recibir esta ayuda deben ser mujeres o pertenecer al colectivo LGBTIQ+ y atravesar situaciones de violencia de género.

Además, Acompañar es compatible no solo con quienes cobren la AUH (Asignación Universal por Hijo), sino también con quienes sean beneficiarias de la AUE (Asignación Universal por Embarazo para Protección Social), la Asignación por Hijo con Discapacidad o el Monotributo Social.

El programa está contemplado para personas de 18 a 65 años.

Sin embargo, sí es incompatible con quienes tengan ingresos correspondientes a trabajos en relación de dependencia, tanto en el sector público como en el privado. También, los que reciban subsidios o una prestación monetaria no reintegrable de empleo o capacitaciones del Estado.

Quienes reciban una prestación por desempleo tampoco podrán acceder.

Tampoco podrán recibirla quienes cobren jubilaciones, pensiones o retiros ya sean contributivos o no, a nivel nacional, provincial, municipal o de la Ciudad de Buenos Aires. Asimismo, los que cobren la Pensión Universal para el Adulto Mayor establecida en el Decreto 894/2016.

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