Economía

Aguinaldo del personal doméstico: de cuánto será el monto y cuándo se cobrará

La segunda cuota del aguinaldo es generalizada y beneficiará a más de un millón de empleadas.
viernes, 10 de diciembre de 2021 · 10:06

El pago de la segunda cuota del SAC (Sueldo Anual Complementario), mejor conocido como aguinaldo se otorgará a las trabajadoras de casas particulares durante este mes e incluirá un incremento del 7 %, que será adicional a un 1 % de antigüedad.

El cobro de la segunda cuota del aguinaldo previsto para el personal doméstico se llevará adelante el 18 de diciembre, según indicó la AFIP (Administración Federal de Ingresos Públicos). Cabe destacar que esta segunda parte del monto estipulado se entrega tras el pago de la primera cuota en junio pasado.

Según lo establecido por la AFIP, el pago tendrá una tolerancia de cuatro días hábiles.

En este sentido, la liquidación será generalizada y contempla a todas las relaciones laborales vigentes. Además, las trabajadoras tendrán tiempo para poder retirar el pago del aguinaldo hasta el 23 de este mes.

Por otro lado, quienes quieran calcular la cifra correspondiente deberán tener en cuenta que este se determina al tomar el 50 % del mejor sueldo del último semestre. Por el contrario, si la persona ofrece sus servicios hace menos de seis meses, lo que se liquidará la proporción de los meses trabajados.

El cálculo contempla la división del mejor sueldo del período por seis meses y se multiplica por la cantidad de meses desde que ofrece los servicios.

 

El aumento anual

A partir de los pagos del aguinaldo que terminarán de cobrar durante este mes, las distintas empleadas domésticas terminarán de percibir un incremento de su salario del 50 % anual. Este aumento también se utiliza para determinar lo que debe cobrar una empleada doméstica por hora, en tanto esté registrada.

En total, más de un millón de trabajadoras de casas particulares son las que se verán beneficiadas tras el incremento salarial. 

La próxima revisión salarial se dará en marzo del año que viene.

En el caso de que trabajen menos de 24 horas semanales, las trabajadoras deberán tener en cuenta el valor hora de la categoría que les corresponde y multiplicarlo por la cantidad de horas trabajadas. Si desarrollan actividades de más de 24 y menos de 48 horas se deberá hacer una regla de tres con el valor mensual.

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