Economía

Monotributo: cuáles son los nuevos beneficios que impondrá la AFIP y hasta cuándo regirán

En total fueron notificadas más de 20 mil personas que podrán cambiar el régimen del monotributo debido a sus ingresos brutos.
miércoles, 15 de diciembre de 2021 · 13:33

La AFIP (Administración Federal de Ingresos Públicos) comunicó hoy que más de 24 mil personas podrán llevar adelante la transición al régimen general del monotributo con una menor carga tributaria y administrativa.

De esta manera, las personas que podrán llevar adelante este pase del monotributo serán aquellas que están en condiciones de ser excluidas de este régimen dado que excedieron los límites establecidos de los ingresos brutos o tuvieron ventas con tarjetas que superaron los montos máximos previstos.

La categoría A del monotributo contempla el ingreso de 37 mil pesos brutos.

Los contribuyentes del monotributo pueden decidir convertirse en autónomos de manera voluntaria, no obstante, hay distintos incentivos para que los monotributistas lo hagan, como beneficios administrativos y reducciones de costos establecidos en la Ley de Sostenimiento e Inclusión Fiscal para Pequeños Contribuyentes. 

Por lo tanto, esta normativa dio lugar a un puente entre el régimen simplificado y el general con el fin de facilitar la transición a los interesados, además de otorgar un alivio fiscal. "Los beneficios son mucho más significativos para aquellos que pasan voluntariamente", explicaron desde la AFIP.

Aquellos que no realicen el cambio antes del 31 de diciembre no tendrán los mismos beneficios fiscales adicionales.

 

Los principales beneficios

Cabe destacar que, según la normativa, aquellas personas que están dentro del régimen del tributo y se convierten en autónomos percibirán una reducción de la carga tributaria que contempla créditos fiscales para el IVA (Impuesto al Valor Agregado) y gastos deducibles en Ganancias de hasta el 50 %.

Asimismo, durante el período en el que se aplicarán estos beneficios se realizará una reducción de la diferencia del saldo deudor entre el débito y el crédito fiscal de cada período.

Los beneficios fiscales adicionales se aplicarán durante tres años.

Por último, es necesario recordar que este beneficio se comenzará a aplicar a partir del primer mes del año que viene y la exclusión del monotributo será del 50 % durante el primer año, en tanto que en el segundo de un 30 % y en el tercero de un 10 %.

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