Sociedad
Cuáles son los requisitos para acceder al Repro II de noviembre
Las nuevas disposiciones del Repro II fueron publicadas en el Boletín Oficial.El Gobierno nacional oficializó, a través de la Resolución 803/2021, los requisitos para poder acceder al Repro II (Programa de Recuperación Productiva II).
De esta manera, en el Boletín Oficial se publicaron los criterios para la preselección del Repro II. Entre ellos se especifica que tanto para los sectores críticos como no críticos se tendrá en cuenta, para recibir el beneficio, la facturación que fue registrada en octubre de 2019 y el mismo período de este año.
A partir de ello, para poder ser beneficiario del Repro II, se deberá demostrar que la diferencia de la caída es, como mínimo, de un 30 % en términos reales, como así también un incremento, como máximo, del 46.2 % en términos nominales.
Asimismo, se decidió respecto al programa que el mismo período también será utilizado como parámetro en el sector de la Salud, pero, en este caso, la diferencia de facturación deberá ser mínimamente del 0 % en términos reales y, como máximo, un incremento del 108.8 % en términos nominales.
“A partir de la flexibilización de la mayoría de las medidas de distanciamiento social, la actividad económica y la dinámica laboral mostraron claros signos de recuperación durante setiembre y octubre”, informaron desde el Comité de Evaluación y Monitoreo del Programa.
Por lo tanto, la variación del IVA compras (Impuesto al Valor Agregado) tendrá que ser menor al 67 % en los sectores críticos y no críticos, en tanto que en el sanitario no podrá superar el 108.8 %.
El detalle de las consideraciones del Comité
Cabe destacar que, el Comité determinó que para acceder al Repro II no es necesario discriminar el parámetro de la variación de la facturación y del IVA compras con base en el tamaño de las empresas. Por ende, no se tiene en cuenta si son más o menos trabajadores.
En cuanto a la variación de las importaciones, se estableció que la caída mínima deberá ser del 20 % para compañías con menos de 800 trabajadores, mientras que del 30 % para el resto.
Por último, es importante resaltar que los sectores afectados críticos y los no críticos deberán cumplir, al menos, cuatro de los seis parámetros establecidos. Entre ellos, las variaciones del IVA compras y la relación entre el costo laboral y la facturación son de cumplimiento obligatorio.