AFIP: estos son los tres requisitos exigidos a los exportadores para el reintegro del IVA

Las nuevas condiciones empiezan a regir el mes que viene.
lunes, 8 de febrero de 2021 · 09:15

La puja entre los grandes contribuyentes y la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) por la resistencia a la presentación de la planificación fiscal sigue dando que hablar. Las últimas novedades del ente recaudador en relación a este tema es que, desde el mes que viene, las empresas exportadoras deberán cumplir sí o sí con tres nuevos requisitos para poder solicitar el reintegro del Impuesto al Valor Agregado (IVA).

La actualización de los requisitos para los exportadores en Argentina, además de los plazos y formalidades que no deberán olvidar los contribuyentes y responsables a partir de marzo, a fin de pedir a la AFIP la acreditación a modo de devolución del IVA que competen a las operaciones de exportación fueron dadas a conocer esta mañana, a través de las Resoluciones Generales número 2.000 y 4.310, en el Boletín Oficial.

De este modo, de acuerdo a lo dispuesto por el organismo que preside Mercedes Marcó del Pont, la firmas que exportan desde Argentina no deberán tener deudas de ningún tipo en la AFIP. La normativa actualizada este lunes describe que será primordial que el solicitante del IVA “no registre deudas exigibles por cualquier concepto relativas a sus obligaciones impositivas, previsionales o aduaneras, a la fecha de su efectivización”.

En segundo lugar, será una exigencia para los exportadores que quieran recuperar el Impuesto al Valor Agregado que hayan respetado el cumplimiento del ingreso y liquidación de divisas en el lapso ordenado por el Banco Central (BCRA). Para que este punto no pase por alto, será la propia institución tributaria la encargada de fiscalizar el cumplimiento de estas obligaciones.

Por último, el tercer requisito con el que el Estado ejercerá mayor presión fiscal sobre los contribuyentes que exportan será la presentación del Régimen de Planificaciones, el cual, cabe advertir, ya caducó a fines del mes pasado.

Punto aparte

Respecto al último requisito que exige la Administración Federal de Ingresos Públicos a los grandes contribuyentes, este abrió un enfrentamiento entre el ente recaudador y un grupo de contadores y abogados que rechazan tener que rendir cuentas resguardándose en el secreto profesional. Por ello, quienes pagan los tributos recurrieron a la Justicia, la cual falló en algunos casos a favor de los demandantes. Asimismo, esto hizo que el trámite por el cual la AFIP, según justificó, busca “reducir la opacidad, evitar la evasión y prevenir el lavado de dinero” se vea entorpecido.

Y es que si bien el lapso para presentar el esquema de planificación fiscal venció el pasado 29 de enero, el fallo judicial a favor de los contribuyentes hizo que, en al menos 5 provincias, las rendiciones queden sin efecto hasta que funcionen en la página del ente los sistemas que necesita para hacer ese control. Sin embargo, en algunos casos, como en la provincia de Buenos Aires, la precautelar fue destrabada.