Máximo control de la AFIP: ya es obligatorio registrar los contratos de alquiler

Punto por punto, estos son los detalles.
lunes, 1 de marzo de 2021 · 10:08

Por disposición de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), comienza a regir este lunes 1 de marzo el Registro de Contratos de Locación de Inmuebles (RELI) de manera obligatoria. Con esta medida, el organismo a cargo de Mercedes Marcó Del Pont pretende reforzar los controles, sobre todo de los evasores.

Los contratos de alquileres alcanzados por esta medida de la AFIP son los acuerdos por bienes y propiedades urbanas y rurales. A esto se le suman los documentos convenidos por locaciones temporarias y de espacios fijos o móviles. Mediante este trámite, los inquilinos tendrán la posibilidad de pedir una factura al propietario y con ello rebajar el Impuesto a las Ganancias hasta un 40% por lo que paga de alquiler.

Sin embargo, cabe resaltar que quedan excluidos de lo establecido por el organismo controlador y recaudador de impuestos en la Argentina algunos contratos sujetos a la administración pública. Están exceptuados los compromisos que sean exclusivamente del Estado nacional, provinciales o municipales. Aquí van incluidos los pactos celebrados por el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. Sin embargo, podrán informarse a la AFIP de forma voluntaria.

En cambio, los contratos que sí o sí deben ser registrados son los celebrados desde julio del año pasado, siempre que continúen vigentes. Asimismo, deberán cumplir esta obligatoriedad de la Administración Federal de Ingresos Públicos los convenios inmobiliarios pactados durante marzo de este 2021. En este último caso, cabe remarcar que los mismos gozarán excepcionalmente de un plazo hasta el próximo 15 de abril para anotarse.

Ahora bien, desde que se anunció la puesta en funcionamiento del RELI, muchos locatarios y arrendatarios se manifestaron en contra del mismo y advirtieron que es perjudicial para el sector inmobiliario. Sin embargo, el organismo que preside Del Pont hizo oído sordo a las quejas y alertó que quienes no cumplan con el registro obligatorio de los alquileres serán sancionados. La AFIP justificó esto diciendo que se trata de una “herramienta” que posibilitará “obtener información relevante para verificar el cumplimiento de las obligaciones fiscales de los sujetos intervinientes en distintas operaciones”.

Fuente: (Televisión Pública)

¿Cómo efectuar el registro de los contratos?

A quienes les corresponda realizar este trámite para no estar en falta con la AFIP, deberán ingresar al sitio oficial del ente controlador con la clave fiscal que corresponda. Una vez dentro del servidor tendrán que seleccionar la opción “Registro de Locaciones de Inmuebles - RELI - Contribuyente”. Aquí, los arrendatarios (con clave fiscal de seguridad nivel 3) pueden continuar con la inscripción completando datos sobre el contrato y adjuntar al mismo en formato JPG o PDF. Luego podrán visibilizar un recibo y un código para verificar la operación. Por último, cabe destacar que, con este nuevo servicio, no solo se podrán declarar alquileres sino también efectuar consultar, modificaciones, renovaciones y hasta dar de baja alianzas de arrendamiento.

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