Alquileres: la AFIP incentiva al registro de los contratos reduciendo el Impuesto a las Ganancias

La medida está destinada a los inquilinos.
martes, 2 de marzo de 2021 · 14:33

A tan solo 24 horas de que entrara en vigor la polémica obligación de registrar los contratos de alquiler ante la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), el organismo decidió tomar una medida que incentive a que los inquilinos quieran blanquear las operaciones de locación, aunque los propietarios e intermediarios también pueden realizar el registro.

Hasta ahora, los inquilinos debían presentar una factura firmada por el locador para poder deducir Ganancias pero, a partir de esta nueva reglamentación de la AFIP, los arrendatarios que declaren el contrato ante el organismo recaudador obtendrán de manera automática la deducción de la porción correspondiente al gravamen en el SIRADIG, esto es, el servicio web a través del cual el contribuyente introduce de manera mensual las distintas cargas de familia y especiales para reducir el valor del impuesto que recae sobre sus ingresos

En cuanto a los propietarios, el organismo autárquico no indicó ningún beneficio. Recordemos que el sector inmobiliario fue el primero en criticar la reglamentación de la Ley de Alquileres, ya que los dueños de las locaciones, al emitir la factura correspondiente, tendrán que pagar el Impuesto a las Ganancias o el monotributo, y esto probablemente se traslade a precios.

Para registrar los alquileres las personas deben ingresar a la página web de la AFIP clickeando en la opción “Registro de Locaciones de Inmuebles - RELI - CONTRIBUYENTE”. Luego, con su número de CUIT y clave fiscal (que debe ser, como mínimo, de nivel 3), tendrán que especificar de qué tipo de inmueble se trata, la modalidad de la operación (permanente o temporaria) y la categoría del operante (locador urbano, arrendador, locador temporario o locador de superficies dentro de bienes inmuebles).

Todos los inmuebles deben ser registrados en la Administración, es decir, no solo los departamentos o casas destinadas a vivir, sino también los inmuebles con fines turísticos, las cocheras, y los locales comerciales o puestos que se encuentren dentro de otros bienes inmuebles como, por ejemplo, supermercados, hipermercados o shoppings.

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