La AFIP habilitó el blanqueo de fondos para la construcción: la clave del registro y sus beneficios

La Resolución General se publicará mañana en el Boletín.
lunes, 26 de abril de 2021 · 13:16

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) habilitó el blanqueo para la construcción con el Registro de Proyectos Inmobiliarios con el fin de incentivar inversiones en el sector y promover el acceso a la vivienda en el país.

En ese marco, la AFIP también reglamentó el “Programa de Normalización para la declaración voluntaria de tenencia en moneda nacional y extranjera para inversiones en desarrollos inmobiliarios”.

Se espera que mañana, el organismo que conduce Mercedes Marcó del Pont, publique las novedades de la Resolución General N°4976, a través del Boletín Oficial, por las cuales la AFIP busca favorecer al sector de la construcción sobre proyectos inmobiliarios con un avance inferior al 50%. Además, cabe destacar que, con la normativa quedarán habilitados los beneficios y herramientas en el marco de la Ley 27.613.

De este modo, el Gobierno intentará impulsar la actividad económica local con la inversión y construcción de obras, brindando beneficios tanto en el sector público y como en el sector privado. Con la Resolución que se publicará este martes 27 de abril, en el Boletín Oficial, los constructores podrán registrar sus proyectos inmobiliarios.

Registro de Proyectos Inmobiliarios

En este aspecto, se informó a los desarrolladores y constructores que el trámite se podrá realizar desde la página oficial del ente fiscalizador, a partir del próximo 7 de junio. Una vez aceptados deberán generar un “Código de Registro de Proyecto Inmobiliario” y la AFIP podrán a su disposición una “Constancia de Registración de Proyecto”.

Una vez generado el “Código de Registro de Proyecto Inmobiliario”, deberá ser consignado por los interesados en invertir en sus declaraciones juradas para acceder a los beneficios relacionados a los impuestos sobre Bienes Personales, Ganancias y Transferencia de Inmuebles de Personas Físicas o Sucesiones Indivisas.

¿Cómo acceder al blanqueo?

En la previa a la presentación de la declaración jurada ante la AFIP, los contribuyentes que adhieran al “Programa de Normalización” tendrán que realizar un depósito de sus tenencias en moneda nacional y extranjera para inversiones en desarrollos inmobiliarios en una “Cuenta especial de Depósito y Cancelación para la Construcción Argentina (CECON.Ar)”.

Además, deberán cumplir con la declaración jurada en cada período y abonar el impuesto especial, según las fechas para los distintos períodos. Durante el mes de mayo la alícuota será del 5% (acreditaciones efectuadas entre el 12 de marzo y el 10 de mayo), en junio del 10% (acreditaciones realizadas desde el 11 de mayo al 9 de junio) y en julio del 20% (acreditaciones en el lapso del 10 de junio al 9 de julio).

Por último, los adherentes a este “Programa de Normalización” deberán dar a conocer el “Código de Registro de Proyecto Inmobiliarios (COPI)” y detallar las inversiones realizadas, en carácter de declaración jurada.

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