El Gobierno nacional oficializó los cambios al Impuesto a las Ganancias

Esto significa que más de un millón de trabajadores, trabajadoras y personas ya jubiladas dejarán de tributarlo.
martes, 25 de mayo de 2021 · 12:39

A más de un mes y medio de haberse aprobado el proyecto de ley que modifica la base imponible del Impuesto a las Ganancias, este martes, 25 de mayo, el Gobierno nacional reglamentó los cambios. Se trata de la nueva normativa impulsada por el oficialismo que establece que solo los trabajadores y trabajadoras que cobren más de $150.000 de sueldo bruto y jubilados y jubiladas que perciban más de 8 haberes mínimos garantizados, pagarán el gravamen.

De este modo, a través del decreto 336/2021, ya publicado en el Boletín Oficial, el Ejecutivo nacional oficializó la nueva ley que modifica la alícuota sancionada en el Congreso de la Nación el pasado 8 de abril. Por lo cual, a partir de ahora, más de un millón de trabajadores y trabajadoras y jubilados y jubiladas dejarán de tributar el Impuesto a las Ganancias.  

En la Cámara Baja, la votación final fue 241 votos afirmativos, 0 negativos y 3 abstenciones.

En líneas generales, la nueva reglamentación establece que el aguinaldo queda excluido del tributo y quien tengan hijos o hijas en situación de discapacidad no tendrán tope de edad para incluirlos e incluirlas en las deducciones del Impuesto a las Ganancias. También, hasta septiembre, el personal de Salud permanecerá exceptuado de pagar el gravamen por horas extras o guardias.

Por otro lado, la normativa que acaba de entrar en vigencia permite varias deducciones. Entre ellas se destacan gastos múltiples como la compra de herramientas educativas para los hijos e hijas sin tope, la realización de cursos de capacitación, y por movilidad y viáticos. 

El Senado de la Nación convirtió en ley las modificaciones al Impuesto a las Ganancias con 66 votos afirmativos y 1 abstención. 

 

¿Cuándo y cómo será la devolución del Impuesto a las Ganancias?

Como se detalló anteriormente, hoy, el Ejecutivo nacional estableció las bases del Impuesto a las Ganancias. Sin embargo, relegó a la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) la modalidad de implementación de la reforma. Es decir, se sabe que la ley es retroactiva al 1 de enero, pero resta que dicha entidad defina cómo se devolverán los montos retenidos correspondientes a esos meses. En principio, se estima que la devolución se hará en cinco cuotas, que se pagarán desde julio hasta noviembre.

En sí, las personas que recibirán la devolución de lo retenido en concepto del Impuesto a las Ganancias serán quienes, según la nueva Ley 27.617, quedan por todo este año al margen del tributo. En concreto, se trata de las personas asalariadas que tienen remuneraciones en bruto menores o de hasta $150.000 o de hasta $124.500 en términos netos.

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