La Justicia rechazó un amparo contra el impuesto a la riqueza

Hay casi dos centenares de pedidos contra la medida también conocida como "Aporte Solidario y Extraordinario".
miércoles, 30 de junio de 2021 · 19:07

La Justicia rechazó, este miércoles, una acción de amparo de un contribuyente que se negaba a abonar el “Aporte Solidario y Extraordinario”, medida también conocida como el impuesto a la riqueza, que está establecido en la ley 27.605.

En su fallo revelado por la agencia Télam, el titular del juzgado federal en lo Contencioso Administrativo federal 10, Walter Lara Correa, indica que la norma “respeta el principio de legalidad” y se enmarca en la “profunda y grave crisis sanitaria, social y económica” generada por la pandemia de COVID 19

La acción de amparo fue presentada el pasado viernes, 16 de abril, por un contribuyente identificado por las iniciales L.F.,  quien buscaba que se declare la inconstitucionalidad de la medida.

 

Con qué argumentos se rechazó el amparo y qué dijo la AFIP

El plazo para pagar el aporte venció a mediados de abril y se trata de un pago único del 2,25% del patrimonio del contribuyente.

El magistrado Lara Correa declinó el amparo al destacar que la Ley del impuesto a la riqueza “es producto del debate parlamentario" y "respeta el principio de legalidad y por lo tanto, desde esta óptica de estudio, resulta un instrumento jurídico idóneo”.

Además en el fallo, el juez indicó la gravedad de las consecuencias sociales y económicas generadas en América Latina a raíz de la pandemia desde inicios del 2020 e hizo un informe especial en cuanto a su repercusión en la Argentina.

“Es posible concluir que nuestra Nación, como consecuencia de la pandemia del Sars Covid 2 (COVID 19) está atravesando una profunda y grave crisis sanitaria, social y económica -que sufren más intensamente los grupos y / o sectores vulnerables- todo lo cual pone en riesgo el capital humano y productivo, acentuándose más las desigualdades distributivas, que ya existían con anterioridad”, indicó Lara Correa.

Además, el magistrado se refiere al programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo, el cual advirtió que “los países sufrieron una carga desproporcionada de casos y muertes, que trajo consigo múltiples crisis económicas y sociales”.

Por su parte, la AFIP, al contestar la demanda del contribuyente que había aludido a una “amenaza al derecho de la propiedad”, indicó que la vía del Sr. L.F. resultaba “improcedente, en tanto las afectaciones a los principios constitucionales sobre los que sustenta su pretensión”.

La decisión podría ser apelada ante la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal y este es uno de los casi dos centenares de amparos que fueron presentados para evitar pagar el impuesto, donde se incluyen los pedidos de los futbolistas Carlos Tévez y Gabriel Batistuta.

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