AFIP: el Senado convirtió en ley las modificaciones que beneficiarán a los monotributistas

En la misma sesión se abordaron reformas en los Impuestos a las Ganancias y Bienes Personales.
viernes, 16 de julio de 2021 · 08:56

El Senado de la Nación convirtió en ley el proyecto denominado de “alivio fiscal” para monotributistas que permitirá, en primera instancia, que los contribuyentes no deban afrontar ninguna deuda acumulada a la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), por la diferencia resultante entre lo abonado entre los meses de enero a junio y los nuevos valores establecidos por la ley 27.618.

La nueva ley aprobada durante la noche del jueves y que favorecerá a más de 4 millones de pequeños contribuyentes, establece además un amplio plan de pagos, para aquellos que necesiten regularizar deudas con el organismo recaudador de impuestos, de hasta 60 cuotas con un interés mensual que no podrá superar una tasa mensual del 1.5% y con la quita total de multas.

Asimismo, habrá una nueva escala de recategorización en AFIP para los monotributistas, de manera tal que se elevarán entre el 35% y el 77% los topes de Ingresos Brutos para cada una de las categorías. Por lo tanto, el techo de la categoría “A”, que es la más baja de todas que debía pasar de 208.739 a 282.424 pesos, quedará en 370.000 pesos.

Nueva escala del Monotributo.

Finalmente, es necesario destacar que la AFIP había prorrogado el vencimiento del monotributo del 25 de junio al 5 de agosto próximo, justamente para que se determinaran los cambios en la reforma, por lo que queda poco más de medio mes para regularizar la corriente situación contributiva.

 

Además de trataron los cambios en las Ganancias y Bienes Personales

El Senado también sesionó y convirtió en ley el proyecto que amplía las exenciones en los Impuestos a las Ganancias y Bienes Personales para los activos de inversiones financieras en moneda nacional, con el objetivo de incentivar a la inversión en pesos.

Por lo tanto, la nueva legislación exime del impuesto a las Ganancias de los intereses de los depósitos en pesos con cláusula de ajuste y del rendimiento de las colocaciones en instrumentos emitidos en moneda nacional destinados a fomentar la inversión productiva.

En el caso de los Bienes Personales, se determinó la exención de impuestos para instrumentos como las obligaciones negociables emitidas por empresas argentinas, los instrumentos emitidos en moneda nacional destinados a inversión productiva y la participación en fondos comunes de inversión y fideicomisos financieros, siempre y cuando el activo subyacente principal esté integrado, como mínimo, en un 75 %, determinó la Cámara Alta.