El Gobierno autorizó la emisión de DNI sin género para personas no binarias

El nuevo derecho tiene un plazo de 120 días para capacitar a los empleados correspondientes y adecuar el sistema a la nueva normativa.
miércoles, 21 de julio de 2021 · 10:33

Por medio del Decreto 476/2021, publicado hoy en el Boletín Oficial, el Gobierno oficializó la incorporación en los Documentos Nacionales de Identidad (DNI) la posibilidad de utilizar la letra “X”, para quienes no se sientan identificados ni como masculino ni femenino en la categoría de género del registro.

La medida impulsada por la gestión del presidente, Alberto Fernández, reconocerá, dentro del sistema y a nivel nacional, a personas no binarias y posibilitará la identificación con una tercera opción.

El decreto dispuso que el Registro Nacional de las Personas (Renaper) “deberá adaptar las características y nomenclaturas de los DNI y de los Pasaportes que emite, con exclusividad, con el fin de dar cumplimiento a lo establecido en la Ley Nº 26.743”, y se apoyó en la ley de identidad de género aprobada en la Argentina el 24 de mayo de 2012.

Se podrá elegir entre F, M y X en la categoría genero.

Asimismo, la publicación del Gobierno instruyó al organismo para que se pueda incorporar una tercera opción en la categoría sexo, tanto en el DNI como en el Pasaporte. Esto se llevaría a cabo “con el fin de contemplar el derecho a la identidad de género respecto de aquellas personas que no se reconocen dentro del sistema binario femenino/masculino”, agregó el decreto.

Finalmente, explicó que se instaurará la nueva medida, “conforme el Documento OACI Nº 9303, con las nomenclaturas F, M o X, saliendo así del esquema de posibilidades binarias que existían previo al dictado de la presente medida”, señala la norma y agrega: “El derecho a la identidad tiene una directa e indisoluble vinculación con el derecho a no sufrir discriminación, a la salud, a la intimidad y a realizar el propio plan de vida”.

 

Quiénes podrán elegir la X en sus documentos de identificación

Todas las personas podrán acceder a este nuevo derecho, enmarca el decreto e instruye que será aplicable a aquellas personas nacionales a las que se les hubieran expedido Partidas de Nacimiento en el marco de la Ley Nº 26.743, “con anterioridad a la vigencia de esta medida, sin perjuicio de lo consignado en la partida de nacimiento en la categoría sexo”.

La medida se implementará en 120 días, luego de la instrucción a las entidades y modificación del sistema.

Por lo tanto, aquellos que no se sientan identificados con la modalidad binaria podrán elegir “La nomenclatura X en el campo sexo que comprenderá las siguientes acepciones: no binaria, indeterminada, no especificada, indefinida, no informada, autopercibida, no consignada; u otra acepción con la que pudiera identificarse la persona que no se sienta comprendida en el binomio masculino/femenino”, señala la publicación.

Asimismo, destaca que, bajo la evaluación del Ministerio de las Mujeres, Géneros y Diversidad y en un plazo de 120 días, se propone “dictar capacitaciones para las autoridades y personal de todos los organismos que integran la Administración Pública Nacional con competencia en la materia”, así como adecuar las “normativas, tecnológicas y de sistemas”, para cumplir con la nueva validez.

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