AFIP reglamentó los cambios en el monotributo: cuáles son los beneficios

Unos 4 millones de contribuyentes serán alcanzados por las nuevas medidas.
lunes, 26 de julio de 2021 · 22:46

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) reglamentó este lunes los cambios de alivio fiscal para el régimen de monotributo que habían sido aprobados en el Senado de la Nación la semana pasada.

Este beneficio del organismo tendrá un impacto en unos 4 millones de contribuyentes, quienes dejarán de tener deudas debido a la recategorización y los aumentos de las cuotas, como también la opción de una moratoria para saldar otros montos.

Por un lado, la AFIP retrotrajo los valores del período que va desde enero a junio de este año, cuando se comenzaron a aplicar las nuevas escalas, a los de diciembre de 2020.

Esta modificación se hizo luego de que se aprobara el primer proyecto de reforma fiscal en abril, que estableció un aumento en cada sección con carácter retroactivo.

Así, pese a que ya habían saldado las cuotas hasta junio (cuando entró en vigencia), los monotributistas se vieron sorprendidos por una repentina deuda. Con esta medida se anula el incremento en el primer semestre del año.

Sin embargo, desde el 1 de agosto sí se van a poner en marcha los nuevos topes y montos a abonar por mes en cada categoría. Estos quedaron de la siguiente manera:

  • Categoría A: $370.000.
  • Categoría B: $550.000.
  • Categoría C: $770.000.
  • Categoría D: $1.060.000.
  • Categoría E: $1.400.000.
  • Categoría F: $1.750.000
  • Categoría G: $2.100.000.
  • Categoría H: $2.600.000.
  • Categoría I: $2.910.000.
  • Categoría J: $3.335.000.
  • Categoría K: $3.700.000.

 

Nueva moratoria

Además de la suspensión del aumento entre enero y junio, la AFIP también estableció una moratoria excepcional para que los contribuyentes puedan regularizar su situación.

Se trata de un plan de hasta 60 cuotas, con el objetivo de que los monotributistas puedan saldar aquellos pagos no realizados y que hayan vencido antes del 30 de junio de este año.

Estas facilidades que el organismo otorga estarán habilitadas desde el 6 de agosto hasta el 30 de septiembre, y alcanza a las deudas por intereses y multas que el titular tenga que regularizar. La tasa máxima de interés de estas moratorias será del 1.25% para las categorías más bajas, y del 1.5% para las más altas.

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