El Gobierno oficializó el pago del bono de 5.000 a jubilados: cuándo lo depositará la ANSES
El presidente Alberto Fernández prometió el solvento económico de un solo pago el pasado 13 de julio en un acto oficial.Bajo el decreto 481/2021 publicado en el Boletín Oficial, el Gobierno dispuso “otorgar un subsidio extraordinario por un monto máximo de 5.000 pesos que se abonará en el mes de agosto de 2021” y se distribuirá a través de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES).
La medida se formalizó el pasado domingo en el Boletín Oficial y será destinado a un grupo de beneficiarios del organismo público: los jubilados y los pensionados que cobren hasta dos contribuciones mínimas.
El bono será para “los beneficiarios de las prestaciones previsionales del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) al que refiere la Ley N° 24.241, sus modificatorias y complementarias”, además de los beneficiarios de la “Pensión Universal para el Adulto Mayor, instituida por el artículo 13 de la Ley N° 27.260 y sus modificatorias”, específica el decreto.
Asimismo, el documento establece que el beneficio que otorgará la ANSES tendrá las siguientes características: para aquellos que “por la suma de los haberes de todas sus prestaciones vigentes, perciban un monto equivalente de hasta 46.129,40 pesos, el subsidio extraordinario será de 5.000 pesos; y para aquellos titulares que, por la suma de todas sus prestaciones vigentes, perciban un importe superior al precitado monto, el subsidio extraordinario será igual a la cantidad necesaria hasta alcanzar la suma de 51.129,40 pesos”.
Cuándo se cobrará el bono y qué tramites hay que hacer
El bono de 5.000 pesos para jubilados y pensionados que otorgará la ANSES se empezará a depositar en las cuentas correspondientes a partir del 2 de agosto y según el calendario oficial de pago de cada beneficiario.
El decreto oficializó que los jubilados y pensionados no deberán realizar ningún tramite extra en las oficinas de la ANSES para recibir el bono, ya que se asignará automáticamente en la cuenta: “Para percibir el presente subsidio extraordinario los beneficios deben encontrarse vigentes en el mismo mensual en que se realice su liquidación”, explicó el Boletín Oficial.