Cuáles son los nuevos cambios en el Repro II oficializados por el Gobierno

El beneficio a los monotributistas también se vio afectado por la nueva modificación.
martes, 10 de agosto de 2021 · 10:33

A través de la resolución 462, oficializada este martes, el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social lanzó las recomendaciones formuladas por el Comité de Evaluación y Monitoreo del Programa de Recuperación Productiva (Repro) II.

En consecuencia, se revaloró la variación máxima de la facturación nominal exigida por el programa, para solicitar la asistencia para el pago de los salarios, bajo la premisa: “El Comité recomienda que las variaciones nominales representativas de las variaciones reales establecidas en las resoluciones de los dos programas sean levemente superiores a las dispuestas para los dos meses anteriores”, remarca la medida publicada en el Boletín Oficial.

Por lo tanto, los sectores críticos y afectados no críticos que reciben el Repro II deberán presentar una variación de facturación, entre junio de 2019 y julio de 2021, donde la facturación real sea menor al 20% y la nominal del 72%.

Asimismo, deberán presentar el cumplimiento obligatorio de los siguientes tres indicadores: variación de la facturación; variación del IVA Compras y la variación de la relación entre el costo laboral y la facturación.

Mientras que los sectores afectados de la salud que reciben el Repro 2 deberán presentar una variación de facturación, entre junio de 2019 y julio de 2021, donde la facturación real sea menor al 0% y la nominal del 114%.

En consecuencia, en este caso el cumplimiento obligatorio del sector deberá ser la variación de la facturación y la variación de la relación entre el costo laboral y la facturación.

Como impacto positivo, este martes 10 de agosto, el programa que busca dar alivio económico a las compañías y al personal afectado por la caída de la actividad debido al coronavirus, abonó el pago a los beneficiarios del Repro II, correspondiente a junio de 2021.

El ministro de Trabajo, Empleo y Seguridad Social oficializó las modificaciones.

 

Los cambios también influyen en los monotributistas

La resolución que lleva la firma del ministro de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, Claudio Moroni, aplicará modificaciones en el Programa de Asistencia de Emergencia a Trabajadores y Trabajadoras Independientes para monotributistas.

Por lo tanto, a partir del cambio oficializado, para que los monotributistas accedan al beneficio deberán contar con las siguientes condiciones: los trabajadores no empleadores tendrán que cumplir con el indicador de variación de la facturación, con un criterio exigido del 72%, así como cumplir con los criterios de preselección y selección del Programa Repro II.

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