Cuáles son y cómo acceder a los nuevos beneficios de la AFIP para monotributistas

El anuncio lo realizó Mercedes Marcó del Pont tras la reunión del gabinete económico.
miércoles, 11 de agosto de 2021 · 20:36

La directora de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), Mercedes Marcó del Pont, anunció una serie de créditos a tasa cero para los monotributistas y los trabajadores autónomos.

Este beneficio del organismo recaudador otorga montos de entre $90.000 y $150.000, el cual se va a abonar en una sola vez. El mismo tendrá un plazo de devolución de 12 meses, aunque con otros 6 se gracia.

Según informó la titular de la AFIP, para acceder a esta ayuda económica se va a considerar cuál es la categoría en la que se encontraba la persona al 30 de junio de este año y la facturación del primer semestre del año.

Con respecto a los montos, señaló que para los monotributistas de la categoría A, el crédito podrá ser de hasta $90.000; para la B, hasta $120.000; y desde la C hasta la K, el máximo será de $150.000.

 

Cómo es la inscripción

Según adelantó Marcó del Pont, el plazo para anotarse a esta ayuda de la AFIP podría empezar en la última semana de agosto, aproximadamente entre el 24 y 25.

La inscripción se realizará a través de la web del organismo. Para eso, se debe acceder al sistema con clave fiscal nivel dos y adherirse al servicio Crédito tasa cero.

El sistema mostrará a cada monotributista y trabajador autónomo inscripto el monto mínimo y máximo que se puede pedir. Par eso, se debe contar con una tarjeta de crédito, la cual se debe registrar en el sistema, para acreditar el dinero.

 

Los requisitos para inscribirse

Los créditos a tasa cero estarán disponibles para aquellas personas que estén inscriptos en cualquier categoría del monotributo, siempre y cuando no tengan ingresos por un trabajo en relación de dependencia ni por una jubilación. Tampoco deben prestar servicios al sector público por una facturación mayor al 70%.

Tampoco deberán estar en una situación crediticia en los niveles 3, 4, 5 o 6, los cuales son considerados de alto riesgo. Quienes estén en las categorías 1 y 2, primero deberán saldar el monto adeudado.

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