Presentan un proyecto de ley para usar el lenguaje inclusivo en instituciones públicas

La iniciativa busca garantizar el derecho a emplearlo sin obligar a nadie a hacerlo.
viernes, 13 de agosto de 2021 · 10:53

La diputada nacional del Frente de Todos, Mónica Macha, presentó un proyecto de ley ante la Cámara de Diputados de la Nación para el “ejercicio del derecho a la utilización del lenguaje inclusivo de género”.

En este sentido, Macha es la presidenta de la comisión de Mujeres y Diversidad de la Cámara Baja y es una de las legisladoras que más trabaja en la construcción de nuevas normativas que amplíen las oportunidades para todas las personas de la sociedad. En esta ocasión, busca que se debata las maneras y posibilidades de expresiones.

Las grandes transformaciones políticas producen nuevos lenguajes, nuevos materiales y elementos con los cuales dar cuenta de las nuevas formas de vida. En este punto, el lenguaje inclusivo puso de manifiesto la condición política del lenguaje, muchas veces oculta bajo miradas tecnocráticas”, explicó la legisladora.

En el caso de que el Congreso dé lugar al proyecto, tendrán que debatir sus normativas para reglamentarlo.

Asimismo, en su diálogo con radio Delta, señaló que hay “espacios educativos que lo prohíben o lo sancionan o que ponen como requisito no utilizarlo”. Por lo tanto, “es una forma de violencia simbólica y son también prácticas normativizantes”.

“No podemos adoptar un punto de vista restrictivo o prohibitivo respecto del lenguaje, sino por el contrario hacerle lugar y garantizar el derecho a hablar y escribir con la variante de género que nos represente”, fundamentó.

 

Los cinco artículos del proyecto

En primer lugar, plantean que tiene “por objeto garantizar el ejercicio del derecho a la libertad de expresión en el empleo de la pluralidad de usos lingüísticos que abarca el lenguaje inclusivo de género, en todos los ámbitos en los que las personas desarrollan su vida social”.

A su vez, hace hincapié en el “conjunto de variantes lingüísticas no binarias que, refiriéndose a una o más personas humanas, son distintas de las formas masculinas y/o femeninas”.

El segundo artículo se refiere a los documentos oficiales con la oportunidad de poder emplearlo en “las exposiciones, discursos, alocuciones, resoluciones, decretos, leyes, fallos, presentaciones judiciales y toda otra forma de expresión que se utilice oficialmente en el Estado nacional”.

En tercer orden y tal vez el que mayor resistencia genere, se aboca a los establecimientos educativos “en todos sus niveles y modalidades, sean de gestión pública o privada”, por lo que se “incluye tanto lenguaje oral como escrito”.

Sectores de la educación manifiestan su resistencia a la implementación del lenguaje inclusivo.

El cuarto artículo dispone los alcances: "Se aplican a la Administración pública centralizada, desconcentrada y descentralizada, a los entes públicos no estatales, así como a los Poderes Legislativo y Judicial de la Nación".

Finalmente, el quinto lugar invita a “las provincias, a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a las Universidades nacionales y al Consejo Federal de Educación a adherir a las disposiciones de la presente Ley”.

Por último, por si hace falta la aclaración, no se obligará a nadie a expresarse de un modo que no quiera hacerlo sino que permite ampliar las posibilidades para quienes sí buscan otros modos, sin que eso le implique algún tipo de sanción.

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