Dónde voto en las PASO: cómo consultar el padrón electoral

Este año se estableció un tope de ocho mesas por establecimiento y varios electores deberán sufragar en un lugar distinto que en 2019.
domingo, 12 de septiembre de 2021 · 07:22

La titular de la Dirección Nacional Electoral, Diana Quiodo, advirtió que es importante verificar los lugares de votación porque “estamos muy acostumbrados a asistir donde siempre nos tocó votar, pero en este contexto tan especial de pandemia se generaron reubicaciones”. Para evitar altercados en las PASO, se debe ingresar a las páginas oficiales (www.patron.gob.ar) y chequear la información.

Una vez dentro del sitio web, el elector tendrá que completar cuatro casillas: documento nacional de identidad (DNI) sin letras ni puntos, género, distrito y verificación de imagen. Luego, le aparecerán los datos que tendrá que tener en cuenta cuando asista a la elección: número de mesa y de orden. Con esta información a mano, se favorecerá la tarea de guía del facilitador sanitario.

Desde la Cámara Nacional Electoral confirmaron que las mesas de votación en las PASO estarán habilitadas desde las 8 hasta las 18. Asimismo, en trabajo conjunto con el Ministerio del Interior establecieron que los ciudadanos mayores de 60 años tendrán prioridad para sufragar entre las 10:30 y las 13:30 por ser parte de la “población de riesgo" o “vulnerable”.

La reducción de mesas comprende el protocolo sanitario establecido para las elecciones al igual que el uso del barbijo y el distanciamiento social.

 

Qué pasa si no voto

Todos las personas que aparezcan en el padrón electoral y sean mayores de 18 años o menores de 70 están obligadas a ejercer su voto. De esta manera, podrían recibir multas de entre 50 a 500 pesos si deciden no asistir. En caso de no pagar, quedarán inhabilitados para realizar trámites por un año y tampoco podrán ser considerados para ocupar cargos públicos durante tres años.

Ante posibles casos que comprendan un argumento válido, la Cámara Nacional Electoral creó el Registro de Infractores para justificar la ausencia ante la Justicia nacional electoral. Asimismo, el plazo para llevarlo a cabo es de 60 días desde la realización de los comicios. Igualmente, esta opción no comprende a los exceptuados: quienes no asistan por temas de fuerza mayor.

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