Elecciones PASO: qué es y cuándo comienza la veda electoral

A partir del momento en el que comienza el período, empiezan a regir una serie de prohibiciones vinculadas con las elecciones y la sociedad.
jueves, 9 de septiembre de 2021 · 22:01

De acuerdo a lo establecido por el Calendario Nacional Electoral, la veda electoral para las primarias, abiertas, simultáneas y obligatorias (PASO) comenzará a regir a nivel nacional desde las 8 de la mañana del viernes 10 de septiembre y se extenderá hasta tres horas después del cierre de comicios.

Durante ese tiempo, también llamado jornada de reflexión, el artículo 71 del Código Electoral estable que algunas acciones estarán restringidas: actividades de campaña y difusión de mensajes proselitistas a través de cualquier medio de comunicación, como así también publicar o difundir proyecciones o encuestas sobre los candidatos.

Por otra parte, mientras las urnas estén abiertas, no se podrán realizar espectáculos masivos, culturales, sociales o deportivos. Además, según estipula la veda electoral, la venta de bebidas alcohólicas estará prohibida desde las 20 horas del sábado y se mantendrá así hasta tres horas luego de finalizado los comicios.

Asimismo, tampoco estará permitido entregar boletas de sufragio dentro de un radio de 80m de las mesas donde se vota. Ni siquiera tendrán la posibilidad de distribuirlas en viviendas, lugar que tampoco tendrán permitido usar como depósito de armas o para apertura de organismos partidarios. Por último, se restringirá la portación de banderas, distintivos o insignias relacionadas con algún partido.

Se establecerán las mismas restricciones para las elecciones generales de noviembre.

 

Penas y sanciones en caso de incumplimiento

Los ciudadanos que no respeten la veda electoral, podrán ser denunciados por violación del Código Electoral e incluso sancionados si la Justicia comprueba la falta. En este caso, las penalidades son de distinto grado y tipo. Por ejemplo: las personas que expendan bebidas alcohólicas podrían recibir una pena de prisión de 15 días a seis meses, mientras que quien induzca a otro a sufragar en determinada forma recibiría una sanción de 2 meses a 2 años.

Con respecto a los candidatos, si alguno incumple algunas de las medidas serían sancionados con la pérdida del derecho a recibir contribuciones, subsidios y todo recurso de financiamiento público por un plazo que abarca entre uno y cuadro año. En la misma línea, dejarían de recibir fondos para realizar de una a dos elecciones.

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