Sociedad

Coronavirus: cuándo se podrá volver al trabajo presencial tras contagiarse o ser contacto estrecho

La información respecto a la reincorporación al trabajo fue publicada en el Boletín Oficial.
miércoles, 19 de enero de 2022 · 10:36

El Gobierno nacional aclaró cuándo podrán los argentinos volver al trabajo luego de ser contagiados por coronavirus o ser contacto estrecho de un infectado. En este sentido, destacaron que el plazo dependerá de la vacunación.

A través de la Resolución 27/2022, el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social indicó que “los trabajadores que tengan diagnóstico de coronavirus que no hayan requerido internación podrán reincorporarse a sus labores sin necesidad de presentar resultado de test negativo ni certificado de alta”.

Claudio Moroni, ministro de Trabajo.

Los nuevos protocolos respecto a la reincorporación al trabajo informan que los casos confirmados, sin vacunación o con esquema incompleto, podrán hacerlo a los 10 días desde el inicio de los síntomas o, para personas asintomáticas, desde la fecha de diagnóstico.

En cuanto a los casos confirmados con esquema de vacunación completo, podrán reincorporarse a los 7 días desde la fecha de inicio de los síntomas, en tanto cuenten con menos de 5 meses de haberse dado las dosis. Además, tendrán que cumplir con 3 días de cuidados especiales, donde no podrán concurrir a eventos sociales.

Quienes cuenten con esquema completo deberán utilizar el barbijo de forma permanente tanto en ambientes cerrados como abiertos.

Por otro lado, desde el Poder Ejecutivo recordaron que “los resultados de laboratorio o de confirmación por criterio clínico-epidemiológico son visibles en la aplicación Mi Argentina”.

 

Los criterios para los contactos estrechos

En caso de que una persona haya sido un contacto estrecho, “podrán regresar a sus actividades laborales, cumpliendo de manera estricta con las medidas de cuidado y sin necesidad de presentar resultado de test negativo ni certificado de alta”, a los 10 días. Esto es para aquellas personas que sean contacto estrecho, asintomáticos sin vacunación.

Los contactos estrechos asintomáticos con esquema incompleto también podrán volver a los 10 días.

Asimismo, los contactos estrechos asintomáticos con esquema de vacunación completo o con coronavirus en los últimos 90 días “pueden volver a sus actividades laborales, siguiendo las recomendaciones jurisdiccionales”. También deberán maximizar las medidas preventivas y realizarse un test diagnóstico.

El test diagnóstico en contactos estrechos con vacunación completa podrán hacerse un test diagnóstico entre el tercer y quinto día.

Por último, los contactos estrechos asintomáticos con esquema de vacunación completo y un refuerzo aplicado hace más de 14 días podrán volver al trabajo, maximizar medidas preventivas y realizar un automonitoreo de síntomas diariamente.

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