Economía

Repro II: hasta cuándo hay tiempo para inscribirse

El Ministerio de Trabajo habilitó la inscripción para las empresas.
miércoles, 23 de marzo de 2022 · 14:04

El Ministerio de Trabajo, que conduce Claudio Moroni, reabrirá la inscripción al Repro II (Programa de Reactivación Productiva II), como así también del Programa de Asistencia de Emergencia a Trabajadoras y Trabajadores Independientes en sectores críticos.

De esta manera, el plazo de inscripción para el Repro II será hasta el próximo 30 de marzo para los salarios devengados este mes. Cabe destacar que este término comprende tanto a este programa como al de emergencia y extraordinaria a los productores frutícolas.

Claudio Moroni, ministro de Trabajo de la Nación.

El Ministerio determinó las pautas para los criterios de preselección a quienes se inscriban en la iniciativa del Gobierno, tanto las fechas de facturación como la nómina de las empresas que quieran acceder al beneficio del Repro II.

Por ende, los meses seleccionados para el cálculo de la variación requerida por la AFIP (Administración Federal de Ingresos Públicos) serán febrero de 2019 y este mismo mes, pero del 2022. Además, no se deberá tener en cuenta la facturación para las empresas iniciadas a partir del 1 de enero de 2019.

Para los autónomos, el período de referencia de pagos será desde julio de 2021 hasta enero de este año.

En el caso de los trabajadores independientes de sectores críticos, deberán presentar una reducción de la facturación superior al 30% en términos reales, que tendrá que contemplar el período entre febrero pasado y el mismo mes del 2019.

 

Quiénes pueden acceder al beneficio

Según el Ministerio de Trabajo, pueden acceder al Repro II aquellas empresas de sectores críticos, afectados, no críticos y de hotelería que en los últimos 3 años hayan tenido una variación de su facturación menos al 123.5%, es decir, una disminución del 30% de su facturación en términos reales.

La actualización del CBU se podrá hacer hasta 72 horas previas a la inscripción de cada mes.

Para ello, los empleadores deberán tener actualizados los datos de sus trabajadores en el sitio web de la AFIP, en especial, las claves bancarias de las cuentas donde se les depositará el beneficio. El pago se extiende por un mes y por eso, los empleadores deben inscribirse de forma mensual.

En el sector salud la facturación contempla una disminución del 219.1%.

En caso de que falte información o haya algún error en los datos de los trabajadores, se cancelará el pago de los mismos.

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