ECONOMÍA

Cualquier persona podrá incorporarse a la causa judicial con el FMI

Desde el Ejecutivo consideraron que la demanda posee un carácter abstracto.
miércoles, 25 de mayo de 2022 · 13:14

De manera inédita, uno de los últimos fallos por parte de la justicia argentina marcará un hecho histórico: ante la apelación de más de 150 gremios de lo humano de declarar inconstitucional el acuerdo con el FMI, el Juzgado Contencioso Administrativo N°11 decidió admitir el carácter colectivo de la acción judicial.

El Fondo Monetario Internacional (FMI) llegó a un acuerdo con el Gobierno hace apenas tres meses, en los cuales se ha pronunciado numerosas ocasiones acerca de cómo avanzan las medidas que todas las instituciones han tomado para cumplir con los objetivos de la entidad.

Fuente: (Televisión Pública Noticias)

Sin embargo, no todos están de acuerdo con esta situación: más de 150 gremios sociales, de derechos humanos, gremiales y políticos, rechazaron al FMI. Y presentaron una acción judicial que cuestiona la constitucionalidad y legalidad de lo pactado. Y el juez Martín Cormick, a cargo del juzgado mencionado con anterioridad, decidió aceptar la acción judicial.

El texto presentado ante la Justicia versa para llegar al siguiente punto: “Declare la inconstitucionalidad y la nulidad absoluta e insanable de cada una de las Cartas de Intenciones y de los Acuerdos Stand-By firmados por el Poder Ejecutivo y el Fondo Monetario Internacional durante el año 2018 y 2019”.

Fuente: (Barricada TV)

Esta acción tuvo lugar el 10 de marzo bajo las manos de organizaciones como ATE, CTA y diversos titulares, concejales, líderes y fundadores de otras asociaciones argentinas. A esta petición se le suma la firma del premio Nobel de la Paz Adolfo Pérez Esquivel.

Fuente: (Televisión Pública Noticias)

 

Motivos

Dos de los motivos expuestos ante la negación del acuerdo dictan que, primero, transgrede la Constitución de la Nación Argentina en el artículo N° 53, de la Ley N° 24.156, y los extractos 13 y 14, de la Ley N° 19.549, así como los derechos de participación de la ciudadanía argentina.

En segundo lugar, se planteó que se declare inconstitucional y nula “toda normativa o ley, ya sea emitida por el Poder Ejecutivo o el Congreso Nacional, que tenga por objeto, directo o indirecto, sanear, legalizar, subsanar, convalidar, cancelar los vencimientos o reconocer el endeudamiento del Estado Argentino con el Fondo Monetario Internacional realizado durante el año 2018”.

Fuente: (RTVE)

 

Respuesta

Estas agrupaciones se mostraron sorprendidas ante el fallo: “En un hecho histórico, la Justicia decidió dictar una sentencia de fondo, es decir, resolvió no rechazar la demanda por cuestiones formales sino fallar declarando o no la nulidad de los acuerdos con el FMI”. Desde el Ejecutivo, hicieron saber que esta demanda tiene un carácter abstracto.