GÉNERO
A 10 años de la Ley de Identidad de Género: INADI recordó que Argentina es pionera
Esta normativa permite a las personas ser reconocidas tal como se autoperciben.El 9 de mayo de 2012, la Ley de Identidad de Género fue sancionada en la Argentina, lo que convirtió al país en uno de los promotores de este derecho. Esto posiciona a nuestra nación entre las que se encuentran a la vanguardia, en cuestión de leyes de igualdad, a nivel mundial.
Junto a Dinamarca, Argentina es el único territorio en el mundo que “solo exige la expresión de voluntad de la persona para lograr el cambio de nombre, su identidad de género autopercibida”. Dicha libertad permite la inclusión y el acceso a derechos básicos, como la educación y la salud.
Fuente: (Televisión Pública).
¿Qué dice la ley?
Para cambiar de identidad en el Registro Civil, la Ley sobre Identidad de Género establece que es “la vivencia interna e individual del género, tal como cada persona la siente, la cual puede corresponder o no con el sexo asignado al momento del nacimiento, incluyendo la vivencia personal del cuerpo”.
Desde la legislación, de acuerdo con el INADI, toda persona posee el derecho inherente a reconocer su identidad, según la percepción que posean de ella, y “debe ser tratada conforme a ella en todos los espacios institucionales e instrumentos que la acrediten”.
Fuente: (Senado Argentina).
Pioneros en derechos
Argentina fue el primer país del mundo, en materia legal, en no solicitar diagnósticos médicos, psiquiátricos ni operaciones de cambio de sexo, para que las personas puedan solicitar la rectificación en la institución correspondiente.
El texto dicta: “Toda persona mayor de 18 años puede solicitar la rectificación registral del sexo y el cambio del nombre de pila cuando no coincidan con su identidad de género”. Pone tan solo una condición: que sea de libre voluntad y siempre esté previsto el respeto a la niñez, en caso de ser menores.
Fuente: (Canal Encuentro).
Origen
El origen de esta ley fue diverso: múltiples organizaciones que buscan proteger la diversidad y las cuestiones de género la impulsaron en 2007. Desde entonces, tardó cinco años en aprobarse. Esta comprende que la rectificación “puede involucrar o no la modificación externa del cuerpo o sus funciones, a través de métodos farmacológicos o quirúrgicos”.
Además, se refiere a las costumbres ajenas a lo biológico: la manera de hablar y la vestimenta, entre otras. En tanto, la privacidad ha sido una cuestión clave: no se dará publicidad a estas mutaciones en la autopercepción, salvo que la persona titular de los datos lo autorice.
Fuente: (teleSUR tv).
¿Qué más dice la ley?
La legislación contempla que todas las personas trans tengan la opción de “solicitar el acceso a intervenciones quirúrgicas totales y tratamientos integrales hormonales, para adecuar su cuerpo, incluida su genitalidad, a su identidad de género. Estas prestaciones se enmarcan en una concepción de “acceso integral a la salud”.
Hasta el momento, más de 9.500 personas han hecho uso de su derecho. INADI recuerda que un Estado presente es el que busca “garantizar el respeto de la identidad de las personas trans, para comenzar a reparar la histórica vulneración de derechos a la que fue sometida”.