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AFIP: más de 400 mil monotributistas y autónomos accedieron al beneficio del reintegro
La medida de la AFIP alcanzó a 336.000 monotributistas y a casi 74.000 autónomos.En el primer semestre del año, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) benefició a más de 400.000 pequeños contribuyentes de todo el país que abonaron sus obligaciones por débito automático o tarjeta de crédito. Concretamente, se trata de 336.000 monotributistas y casi 74.000 autónomos que fueron alcanzados.
La oficina de carácter nacional llevó adelante la devolución de una porción del componente impositivo abonado a lo largo del año 2022 para todos aquellos contribuyentes que hayan pagado en tiempo y forma su cuota mensual de los tributos correspondientes según su actividad y categoría. De acuerdo a lo informado por la AFIP, el importe es acreditado automáticamente en la cuenta bancaria o tarjeta de crédito que fueron adheridas como medio de pago.
Aquellos usuarios que quieran adherirse a estas formas de pago pueden obtener información de cómo hacerlo en la página de la propia AFIP, pero consiste sencillamente en ingresar a la web con CUIL y clave fiscal, y luego, habilitar el servicio “Declaración de CBU”, ingresando en el “Administrador de relaciones de Clave Fiscal”. De manera siguiente, se deberá ir a la pestaña de Pagos en el portal del Monotributo y seleccionar la opción “Adherirme” al débito automático. Allí, se pedirá ingresar el CBU antes mencionado.
La AFIP investiga las inversiones en plazos fijos que superen cierto monto mínimo de dinero
En el momento en que un usuario invirtió más de $200.000 mensuales en un plazo fijo, el banco donde se realizó la operación está obligado a informar de los movimientos a la AFIP. La disposición de la entidad se encuentra vigente tanto para cajas de ahorro, como para cuentas sueldo, cuentas de la seguridad social y cuentas especiales. Además, se deberán reportar los saldos de las cuentas que, al finalizar el período mensual informado, sean iguales o superiores a dicha cantidad de dinero.
Además, la resolución 5349/2023 publicada en el Boletín Oficial estableció un nuevo límite de $120.000 para que las mismas entidades informen al organismo conducido por Carlos Castagneto respecto a los consumos realizados mediante tarjetas de débito y, en el caso de que deban justificar los fondos, será la misma entidad financiera la que determine si es necesario hacerlo o no.