IMPUESTO A LAS GANANCIAS
La AFIP extendió el plazo para pagar el primer anticipo del Impuesto a las Ganancias
La medida se da para facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias.La AFIP (Administración Federal de Ingresos Públicos) confirmó que postergó el vencimiento de la primera cuota del anticipo del Impuesto a las Ganancias y Bienes Personales para los trabajadores autónomos.
La decisión de postergar el pago del tributo se dio a conocer mediante la Resolución General 5584/2024, publicada en el Boletín Oficial. En los argumentos, el organismo sostiene que la decisión se dio en carácter de "excepción" para cumplir la obligación de ingreso del primer y segundo anticipo del Impuesto a las Ganancias y sobre los Bienes personales, que corresponden al período fiscal 2024.
Asimismo, señalaron que la decisión busca facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias a los contribuyentes, por lo que consideraron necesario extender hasta el 25 de octubre el plazo para el ingreso del primer anticipo del Impuesto a las Ganancias.
En ese marco, la AFIP recordó que el pago se estima en función de la liquidación anterior del tributo y sobre ello se establecen 5 cuotas mensuales del 20 %. “Al finalizar el período se completa el saldo en función del impuesto determinado para el período actual”.
Además, aclaró que para el pago del primer anticipo no se encontrarán habilitados ni el débito automático y el pago telefónico mediante tarjetas de crédito ni la opción de débito en cuenta a través de cajeros automáticos.
En ese sentido, el pago del anticipo deberá efectuarse a través de la billetera electrónica AFIP o mediante Volante Electrónico de Pago (VEP), al acceder al servicio con clave fiscal “Presentación de DD. JJ. y Pagos.
Los vencimientos originales operaban entre el 14 y el 16 de octubre, según la terminación de la CUIT. Sin embargo, decidió prorrogar la fecha debido a “razones de administración tributaria”.
Cómo quedaron las fechas
Según lo dispuesto por el organismo, los anticipos del tributo se pagarán en las siguientes fechas:
Primer Anticipo:
- Terminación CUIT: 0 a 9, fecha de vencimiento 25 de octubre de 2024.
Segundo anticipo
- Terminación CUIT: 0,1,2 y 3, fecha de vencimiento 13 de noviembre de 2024
- Terminación CUIT: 4,5 y 6, fecha de vencimiento 14 de noviembre de 2024
- Terminación CUIT: 7, 8 y 9, fecha de vencimiento 15 de noviembre de 2024.