OBRAS SOCIALES
Desregulación de obras sociales: cuáles son los cambios
La Superintendencia de Servicios de Salud llevará adelante los procesos de cambio.El Gobierno oficializó este miércoles el decreto que desregula las obras sociales para los trabajadores que están en relación de dependencia tanto del sector público como del privado, sindicalizados, monotributistas, entre otros.
La normativa habilita a los trabajadores a "elegir con libertad" las obras sociales o prepagas en que quieran estar al ingresar a un nuevo empleo. De esta manera cambia una antigua norma que regía en el sistema de cobertura de salud, en la que se obligaba a los trabajadores a permanecer obligatoriamente un año en el servicio de salud de su actividad al ingresar a un nuevo trabajo.
La medida fue publicada a través del Boletín Oficial y suma mayor tensión al conflicto entre el Gobierno y los sindicatos. Según lo anunciado, la desregulación a las obras sociales comenzará a regir a partir del 1° de marzo.
"El derecho a la libre elección podrá ser ejercido por los afiliados titulares de los Agentes del Seguro de Salud comprendidos en el artículo 1° de la Ley N.º 23.660, entre cualesquiera de las entidades incluidas en dicha norma, con la excepción prevista en el artículo 9°", expresa el decreto publicado hoy.
Los cambios afectan a 14 millones de trabajadores. Abarcan a los que están en relación de dependencia en el sector público y privado, los sindicalizados, los monotributistas, las empleadas domésticas y los más de cinco millones de personas que pertenecen al llamado sistema general.
Hasta ahora, cuando se ingresaba a un nuevo trabajo, era obligatorio permanecer durante un año en el servicio de salud de la actividad correspondiente al empleo. Sin embargo, con esta iniciativa, el Gobierno busca que el beneficiario pueda pedir el cambio en cualquier momento y desfinanciar a las obras sociales sindicales.
Aunque el cambio podrá solicitarse en cualquier momento, la medida establece una única restricción, y es que el mismo se realice solo una vez al año. En tanto, "quienes estén en el sistema de medicina prepaga y no quieran realizar modificaciones, recibirán sus prestaciones de salud de acuerdo a los contratos privados vigentes entre las entidades y los beneficiarios".
La Superintendencia de Salud se encargará de los cambios
La normativa establece que “para garantizar la transparencia, la Superintendencia de Servicios de Salud (SSS) llevará un Registro Nacional de Agentes del Seguro (RENA) en el que se inscribirán las entidades comprendidas en la Ley 23.660. Las obras sociales y prepagas inscriptas en el RENA deberán garantizar a sus beneficiarios la prestación del Programa Médico Obligatorio (P.M.O)”.
Además, se establece que “entre los integrantes del RENA cambiarán algunos aportes al Fondo Solidario de Redistribución”. Así, las obras sociales sindicales mantendrán en un 15 % sus aportes a este fondo, los monotributistas el 10 % y las entidades de medicina prepaga contribuirán con un 20 %.