PAQUETE FISCAL
Paquete fiscal: cuáles son los impuestos que se modifican
Con 140 votos positivos, 103 negativos y 6 abstenciones, Diputados aprobó el proyecto en general.Tras intensas horas de debate de la Ley de Bases, la Cámara de Diputados aprobó este martes la Ley de Medidas Fiscales, Paliativas y Relevantes, más conocido como el paquete fiscal, y con el cual se modifican varios impuestos.
Con 140 votos positivos, 103 negativos y 6 abstenciones, el proyecto logró la aprobación general y ahora pasará al Senado. En caso de que la Cámara Alta también lo apruebe, el paquete fiscal será sancionado y entrará en vigencia.
En ese sentido, es importante aclarar cuáles son los impuestos que se modifican con el paquete fiscal. En primera instancia, la medida busca reincorporar la cuarta categoría del Impuesto a las Ganancias, el cual, pese a ser uno de los temas de mayor debate, logró pasar con 132 votos a favor.
El proyecto eleva el piso a partir del cual se empieza a pagar Ganancias que sería de $1,8 millones para los solteros y $2,3 millones para el caso de los casados con dos hijos. Esto significa que unos 800.000 trabajadores que desde 2023 están exentos del tributo volverán a pagar el impuesto en alícuotas que van del 5 % al 35 %.
Otro de los cambios implementados en Ganancias es que el ajuste será cada seis meses con base a la inflación; sin embargo, este año se hará trimestral con una sola actualización en septiembre.
En cuanto al monotributo, se aumentarán los montos de facturación: En caso de aprobarse, la categoría más baja, A, tendría un monto de facturación anual de $6.450.000, versus $ 2.108.288,01, actuales; y la más alta, la K pasará a 68.000.000 versus los $ 16.957.968,71, actuales. Esto significa que las cuotas también se elevarán y pasarán a $26.600, la categoría más baja; y $377.084 la más alta.
Por su parte el impuesto a Bienes Personales, el nuevo piso del tributo será de $100 millones y la deducción por la vivienda familiar pasará a $350 millones. Además para calificar como contribuyente cumplidor esa persona no deberá haber ingresado al blanqueo, deberá haber presentado “en tiempo y forma” las declaraciones juradas de Bienes Personales de 2020, 2021 y 2022 y haber cancelado ese monto ante AFIP antes del 30 de noviembre de 2023.
Otros cambios
Otro de los impuestos modificados con el proyecto es el blanqueo, el cual ahora establece que por activos de hasta 100.000 dólares no se aplicará ninguna alícuota. Para aquellos montos que superen los 100.000, la nueva ley propone alícuotas progresivas del 5 %, 10 % y 15 %, según del momento en que los contribuyentes decidan adherirse al régimen.
En cuanto al Impuesto a la Transferencia de Inmuebles de Personas Físicas y Sucesiones Indivisas, se propone derogar el Título VII de la Ley N.° 23.905 que establecía "en todo el territorio de la Nación un impuesto que se aplicará sobre las transferencias de dominio a título oneroso de inmuebles ubicados en el país".