REFORMA JUBILATORIA
El Gobierno tiene un plazo de 10 días para vetar la reforma jubilatoria
El Senado comunicará hoy al Poder Ejecutivo Nacional la sanción de la ley.El Senado le comunicará hoy al Gobierno la sanción de la ley de la reforma jubilatoria que fue aprobada la semana pasada en el Congreso. En ese sentido, a partir de la fecha, el Ejecutivo tiene un plazo de 10 días para vetarla.
El presidente Javier Milei anunció que vetará la normativa, ya que “tiene como único objetivo destruir el programa económico del Gobierno”. Además, según el mandatario, la reforma jubilatoria es “irresponsable, ilegal e inconstitucional”.
“En principio lo que hay que tener en cuenta es el error perjudicial para los argentinos con la sanción de esta ley. Hemos decidido vetar y nos parece una irresponsabilidad del Congreso hacer algo así, que estaría condenando a los argentinos de cara al futuro sin remedio", dijo Milei sobre la reforma jubilatoria.
El proyecto aprobado con 61 votos a favor, 8 en contra y ninguna abstención, establece que las jubilaciones se actualicen de acuerdo al índice inflacionario, tal como propuso el presidente en el DNU.
Pero, además, suma un incremento adicional del 8,1 % a los haberes de abril (el Gobierno había otorgado un incremento del 12,5 %), con el objetivo de completar el 20,6 % de inflación correspondiente a enero.
Además, contempla que en marzo de cada año se aplique un aumento del 50% de la variación de la Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE) por sobre la variación del IPC del año anterior. A su vez, dispone que los ingresos jubilatorios “no sean menores al último valor de la canasta básica total por adulto multiplicado por 1,09.
Es precisamente este punto el de discordia, según el Gobierno no hay plata para pagar el excedente, y dicha medida pondría en riesgo las cuentas fiscales, lo que Milei advirtió no está dispuesto a sacrificar.
Nueva pelea en el Congreso
Una vez el Senado envíe la sanción del proyecto al Gobierno para su promulgación, este tiene un plazo de 10 días para presentar el veto, aunque lo puede hacer desde el día uno. El veto presidencial es una herramienta clave del poder ejecutivo, que fue incluida en la Constitución Argentina de 1853 en el artículo 80.
Si se avanza con el veto, el presidente iniciará una nueva pelea en el Congreso, pues necesitará que ambas cámaras alcancen una mayoría calificada de dos tercios de los votos de los miembros presentes, para vetar el proyecto o ratificarlo.