¡Cuarentena Administrada! Entérate las nuevas actividades exceptuadas

Las once excepciones a partir del lunes.
sábado, 18 de abril de 2020 · 21:37

Este sábado, el Gobierno exceptuó actividades como el cobro de servicios, venta de mercadería online y atención médica y odontológica en 22 distritos a partir del próximo lunes.

Se dispusieron las bases de la “cuarentena administrada” que alcanza a Buenos Aires, La Pampa, Neuquén, Formosa, Santa Cruz, Corrientes, Tierra del Fuego, Salta, San Juan, Córdoba, Jujuy, La Rioja, Chubut, Catamarca, Río Negro, Entre Ríos, Mendoza, Santa Fe, Chaco, San Luis, Misiones y la ciudad de Buenos Aires.

El lunes, quedarán exceptuada de la cuarentena las actividades de: cobranza de servicios e impuestos, la actividad registral nacional y provincial, con sistema de turnos y guardias mínimas, la venta de mercadería ya elaborada de comercios minoristas, a través de plataformas de comercio electrónico, venta telefónica y otros mecanismos que no requieran contacto personal con clientes.

También, se habilitará la atención médica y odontológica programada, de carácter preventivo y seguimiento de enfermedades crónicas con sistema de turno previo, los laboratorios de análisis clínicos y centros de diagnóstico por imagen, con sistema de turno previo, y las ópticas con sistema de turno previo.

Además, se incluye a peritos y liquidadores de siniestros de las compañías de aseguradoras, establecimientos para la atención de personas víctimas de violencia de género y procesos industriales específicos. La norma señala que "las actividades y servicios mencionados en el artículo 1° quedan autorizados para funcionar, sujetos a la implementación y cumplimiento de los protocolos sanitarios que cada jurisdicción establezca, en cumplimiento de las recomendaciones e instrucciones sanitarias y de seguridad de las autoridades nacionales".

“Se deberá garantizar la organización de turnos, si correspondiere, y los modos de trabajo y de traslado que garanticen las medidas de distanciamiento e higiene necesarias para disminuir el riesgo de contagio del nuevo coronavirus".

La nueva excepción agrega: "los desplazamientos de las personas alcanzadas por el presente artículo deberán limitarse al estricto cumplimiento de las actividades y servicios exceptuados por la presente. Las empleadoras y los empleadores deberán garantizar las condiciones de higiene y seguridad establecidas por las respectivas jurisdicciones para preservar la salud de las trabajadoras y de los trabajadores".