Diputados proponen derogar un artículo de ley para desregular la actividad económica

Se trata del artículo N° 7 de la ley 2000, sancionada en el año 1992.
sábado, 20 de junio de 2020 · 17:44

Legisladores que integran los bloques del MPN, Unión Popular y Juntos, presentaron un  proyecto de ley para derogar el artículo 7 de la ley 2000, sancionada en el año 1992, con la finalidad de desregular la actividad económica en la provincia y, en particular, lo concerniente al ejercicio de profesiones liberales.

Cabe mencionar que el proyecto de ley, identificado con el N° 13413, ingresó por Mesa de Entradas en Legislatura de Neuquén el día 17 de junio.

E l mencionado, lleva las firmas de María Laura du Plessis, Lorena Abdala, Liliana Murisi, María Fernanda Villone, Ludmila Gaitán, Maximiliano Caparroz, José Ortuño, Germán Chapino y Javier Rivero, del Movimiento Popular Neuquino; Carlos Sánchez  de Unión  Popular y Carina Riccomini de Juntos. 

“La norma deroga toda normativa considerada de -orden público”- sobre honorarios, aranceles, tarifas o cualquier forma de servicios profesionales, como así también consagra el principio de plena autonomía de la voluntad en la determinación de los honorarios profesionales cuando no se encuentren expresamente regulados en las normas vigentes de cada de profesión”, expresaron los legisladores autores del proyecto.

En relación a los fundamentos, explican que ese artículo fue motivo de cuestionamientos judiciales por su falta de armonización con la normativa particular relativa a la colegiación de los profesionales que ejercen libremente la actividad.

En lo que respecta al artículo 7 que se busca eliminar, dispone la derogación de “todas las normas existentes que impongan limitaciones al ejercicio de profesiones universitarias, y no universitarias, sean en materia de límites cuantitativos, exigencias de domicilio real en la provincia, o antigüedad en la radicación. Se exceptúa de lo dispuesto en este artículo, la legislación vigente en materia de ejercicio del notariado”.

Los diputados indican que el artículo 7 no tuvo operatividad, dado que el ejercicio de las profesiones en la provincia se encuentra condicionado a la previa matriculación en los distintos Colegios Profesionales, y subrayan la discordancia entre lo establecido por la ley 2000 y la regulación de la actividad profesional

“Es necesario realizar una derogación expresa del artículo 7 de la ley 2000 a fin de que sean los Colegios Profesionales quienes lleven el control de la matriculación, priorizando de esta manera la normativa provincial que regula para caso particular las profesiones en nuestro ámbito de jurisdicción”, afirmaron los legisladores.