Neuquén Capital

Tras el sí a la enmienda, qué cambios presentará la Carta Orgánica de Neuquén Capital

En el referéndum por las alteraciones de más de diez artículos de la Carta Orgánica, ganó el SI con el 65% del apoyo.
domingo, 24 de octubre de 2021 · 22:29

El 65% de los vecinos y vecinas de la ciudad de Neuquén Capital aprobaron la enmienda de la Carta Orgánica municipal en estas elecciones. De está manera, se cambiarán once artículos de la constitución local.

En primer lugar una de las modificaciones a la Carta Orgánica será la incorporación de la bandera municipal como símbolo oficial de la ciudad, hasta ahora solo se le reconocía el escudo. Este cambio equivale a la variante del primer artículo de la constitución local.

Otro de los aspectos que se alternarán de la Carta Orgánica será el del artículo 6 que se asienta en la paridad de género en los cargos locales. De está manera se incorporará “mecanismos activos dirigidos a garantizar el efectivo y real acceso igualitario de géneros a los cargos electivos municipales, respetando la diversidad”.

En tanto, se cambiará el artículo 72, en el sentido que cada concejal que deje su puesto por inasistencias en las sesiones, será relevado por quien siga de la lista pero respetando el artículo 6.

Por su parte el artículo 60 también será modificado y se dejará sentado que en caso de renuncia, muerte, inhabilitación, destitución o incapacidad para ejercer el cargo legislativo, el reemplazante del concejal será quien lo siga en la lista de su partido, siempre y cuando se asegure la representación igualitaria de género.

A su vez, el artículo 27 establecerá, tras el cambio,  que la municipalidad deberá impulsar la participación plena de las personas con discapacidad como agentes activos de la vida comunitaria, económica y cultural, “impulsando el desarrollo de actividades que les permitirán obtener igualdad real de oportunidades”.

Entre tanto, también se alterarán el tiempo de los mandatos de los jueces de Falta, síndicos y del defensor del pueblo, que pasarán de 6 a 4 años. Estos cambios modifican los artículos 92,98 y 102.

Los cambios en la carta orgánica serán los primeros desde su sanción en 1995.


 

Modificaciones en las futuras elecciones a concejales

Otro de los grandes cambios que se efectuarán a partir del resultado del referéndum de hoy será el de las elecciones a concejales de medio término, la cual será eliminada. Está modificación indica que a partir de los siguientes comicios no se renovará la mitad del Concejo Deliberante, sino que su totalidad.

La modificación sobre las elecciones de medio término altera el artículo 54 de la Carta Magna.

A su vez, también se modificó la metodología utilizada para la elección de las autoridades del Concejo Deliberante (artículo 59). A partir de ahora, la presidencia y la vicepresidencia primera recaerán sobre quienes sean propuestos por el intendente. Anteriormente, la selección quedaba en manos del voto de la mayoría de los concejales.

Sin embargo, cabe destacar que la forma de designación de la vicepresidencia segunda, no sufrirá alteraciones y seguirá siendo por la mayoría absoluta del total del cuerpo, “debiendo ser de distinto partido político o alianza electoral que el de la presidencia y vicepresidencia Primera”.